Tuesday, February 23, 2010

El camino real entre Valdivia y Chiloé: Su restablecimiento hacia fines del siglo XVIII *

Revista Astrual de Ciencias Sociales, N° 4, 2000, pp. 115-126



Ricardo Molina Verdejo **
* Este artículo forma parte de los resultados de avance del Proyecto de Investigación S-200039, financiado por la Dirección de Investigación y Desarrollo (DID) de la Universidad Austral de Chile.
** Profesor Investigador del Instituto de Ciencias Sociales de la UACh.


Dentro de las políticas generales de la corona española en América, hubo especial preocupación por mantener un sistema de comunicaciones lo más expedito posible en un marco geográfico y jurisdiccional -para la épocacasi inconmensurable. En efecto, las difíciles condiciones a las que las autoridades coloniales debieron enfrentarse en los tan diversos espacios físicos del Nuevo Mundo desde los tempranos períodos del siglo XVI, no cambiaron en lo sustantivo toda vez que la expansión europea intraindiana comenzó a producirse decididamente a mediados de esta centuria en la medida que las exploraciones zonificadas se hacían más intensas. Consecuentemente, la ocupación de los territorios a partir de la fundación de villas y ciudades no estuvo para nada exenta de dificultades. La resistencia de los aborígenes a los invasores en muchas regiones de América, los climas adversos, las enfermedades y las grandes distancias, dificultaron de manera muy importante los vínculos entre los distintos puntos de localización urbana.
Considerando esta realidad y conforme a la lógica, los esfuerzos en las comunicaciones por vía marítima fueron redoblados en la primera parte del siglo XVII, aunque los grados de intensidad de los mismos fueron bastante desiguales. Evidentemente, los grandes centros poblados asociados a la extracción de metales preciosos y otros productos, de alguna forma contaron con mejores y más eficientes recursos para el transporte de carga y pasajeros, no solo entre la Península y las tierras americanas, sino también entre los puntos al interior de estas zonas. En una primera etapa, por ejemplo, la gran región del Golfo de México y el Caribe junto a todas sus áreas circundantes podría entenderse así.
Las comunicaciones marítimas, sin embargo, también experimentaron serios obstáculos además de los naturales a la navegación por largos períodos y lejanas latitudes. La presencia de piratas y corsarios en los mares indianos generaron grandes problemas en las rutas que los españoles habían trazado, lo cual hizo necesario aumentar los esfuerzos en términos de planes defensivos, fortificación de puertos, vigilancia costera, escoltas, alteración de vías tradicionales, etc.
En el marco de estas y otras dificultades propias del sostenimiento de un gigantesco imperio, a nivel de los pequeños núcleos de población localizados en las áreas de carácter fronteriza, la situación y sensación de aislamiento era palpable. Precisamente ese era el caso del segmento con presencia española más meridional de América: la franja situada entre el puerto de Valdivia y la Isla Grande de Chiloé. Al decir de los documentos de la época, ambos lugares fueron considerados en su conjunto el “gran antemural de la Mar del Sur”.
La ciudad de Valdivia, localizada en los 39º 47 minutos de latitud Sur, hacia 1643 –fecha de la incursión holandesa- había permanecido casi abandonada luego de la derrota experimentada en el gran levantamiento indígena de fines del siglo XVI. En la oportunidad, habían sido destruidas la mayor parte de las ciudades al sur del río Bío – Bío, entre ellas la ciudad de Osorno, punto clave e intermedio entre Valdivia y Chiloé. Lo cierto era que la llamada Guerra de Arauco estaba en total desarrollo y mantenía a los valdivianos en su reducto con la única posibilidad de comunicación con el exterior a través del mar.
En la práctica, los navíos que lograban llegar a Valdivia desde el norte eran escasos y solo en periodos de bonanza climática, es decir, en verano. A partir de esta realidad, la tendencia de mantener un vínculo con Chiloé varió de ser un sentido y necesario anhelo de las autoridades locales y vecinos, a un imperativo estratégico en donde no sólo dependía la presencia de soberanía monárquica y la garantía de seguridad para el Virreinato del Perú, sino la sobrevivencia de los propios súbditos de esta región del Imperio.
De esta manera entonces, hacia el siglo XVIII, el intento por restablecer la ruta terrestre entre Valdivia y Chiloé se transformó en un objetivo que llevaría a la consolidación de un eje defensivo que contara tanto con una vía externa, la marítima, como una línea interna, el Camino Real, condiciones elementales para sostener con alguna fuerza cualquier intento del enemigo por ingresar por las aguas del Mar del Sur.
La refundación y consiguiente repoblación de Osorno, oficialmente hacia 1796, se constituyo, a la larga, en un decisivo paso en la idea de asegurar de manera efectiva la soberanía monárquica en el espacio existente entre Valdivia y Chiloé, tomando de esta manera un nuevo impulso la política de poblamiento en la zona con todos los efectos que esto significaba.
Más allá de la especial preocupación por parte del Presidente Higgins en lograr dicho propósito hacia fines del siglo XVIII, el deseo por recuperar el extenso territorio se puede advertir claramente desde comienzos de dicha centuria no sólo en las autoridades coloniales, sino en los propios habitantes de la región. En efecto, hacia 1721 el cabildo de la ciudad de Castro suplicaba a S.M. “se mandase repoblar Osorno y abrir el camino entre Chiloé y Valdivia” 1 . Ciertamente esta petición implicaba solucionar una serie de inconvenientes para los sufridos habitantes de Chiloé además del propio aislamiento impuesto por la naturaleza, era la posibilidad de contactarse con cierta fluidez con el centro urbano más próximo en el continente, es decir, la plaza y presidio de Valdivia resolviendo así aspectos de comunicaciones, correos, de comercio regional y de orden puramente psicosociales. Logrado este objetivo les sería posible romper en algún grado varios de estos verdaderos cercos, entre ellos el comercial que los obligaba a intercambiar productos sólo con el Virreinato del Perú lo que se traducía en una clara ventaja monopólica que beneficiaba a los comerciantes limeños. En ciertas ocasiones se podía constatar, que de los pocos navíos que arribaban al puerto de San Carlos de Ancud en algún lapso de tiempo, la mayoría provenían del Callao y muy pocos de algún puerto de la Capitanía General de Chile. Un ejemplo de ello es en el verano de 1785 – 86, en que anclaron un total de siete embarcaciones procedentes del norte, de las cuales seis eran del Callao y solo una de Concepción vía Valdivia. 2
Ciertamente, la realidad de los habitantes de Chiloé en general durante los siglos coloniales era bastante incorfortable y sacrificada en un marco de severas carencias, lo que a menudo llevaba consigo un serio deterioro de la convivencia social. Así lo dejaba de manifiesto uno de sus gobernadores, Don Francisco Hurtado, al dirigir en abril de 1788 un informe a la Corona a las pocas semanas de haber arribado;
“... pero luego que con la experiencia fui tocando los asuntos, me encontré metido no en un archipiélago de islas, sino en un Archipiélago de desórdenes, iniquidades y fermentos; hallé una provincia aun peor constituida que a S.M. se la habían pintado; las discordias y rencores con el grado más alto que pueda imaginarse; las concusiones y osadías establecidas por práctica cotidiana, no había sujeto por despreciable que fuese que no se creyese autorizado para cometerlas a su antojo, armando chismes al jefe y perderle el respeto si se le antojaba”.
Luego agregaba con toda claridad: “Los eclesiásticos daban el ejemplo, creyéndose cada uno un libertino despótico no sujeto a otras leyes que a su capricho; estas mismas reglas seguían los militares, y el público era la víctima de sus desarreglos... todos estos eran los que sufrían el peso de los insultos y concusiones de ambos fueros.” 3
En otra ocasión anterior, septiembre de 1762, el cabildo de Castro expresaba a S.M. el agradecimiento de los vecinos al Presidente Amat al haber nombrado como flamante gobernador a Don Juan Antonio Garretón, puesto que ello significaba una nueva oportunidad y la posibilidad de enmendar rumbos y corregir las injusticias que también se cometían por quienes detentaban autoridad. Dejando entrever la visión que los propios habitantes tenían de la isla, de sus problemas y de sus nuevas expectativas, parte del texto expresaba:
“La más remota provincia de la América Meridional. La menos comunicada y por el tanto la más olvidada hasta lo presente, concurre a V.M. llena de satisfacción a vista del feliz principio, conque ya comienza a verse hayan la luz de la razón en este archipiélago de la ignorancia; al mismo tiempo que florece la justicia, la libertad y el comercio; en el teatro que hasta ahora ha sido de la iniquidad, de la esclavitud, y del monopolio. Porque fiados sus gobernadores en la distancia de la Capitanía General, se han mantenido sus gobernadores con tal despotismo que más han parecido unos verdaderos tiranos que oprimiendo esta leal Provincia les han chupado a sus moradores la sustancia por unos medios tan depravados, que ni les han dejado libertad para la queja”. 4
Las difíciles condiciones de vida de los chilotes en el contexto de tan riguroso aislamiento y pobreza, los hacía naturalmente impulsar todas las iniciativas posibles para abrir una ruta terrestre estable hacia el continente y específicamente con Valdivia.
Este mismo interés y voluntad se puede advertir desde la plaza y presidio de Valdivia, la que de alguna manera también experimentaba un carácter y situación bastante particular. De hecho estaba rodeada por un espacio que ofrecía señales de clara hostilidad, con la región de la frontera por el norte bajo control mapuche y hacia el sur con un territorio dominado por los huilliche, se daba el caso curioso que a pesar de estar Valdivia localizada en el continente, 300 kilómetros al norte de Chiloé, en la práctica era otra “isla” cuya única salida relativamente expedita era, amén las amenazas de corsarios y piratas además del factor climático, la Mar del Sur. A partir de esta realidad, la posibilidad de reabrir la ruta terrestre hacia Chiloé paso de ser una simple aspiración a una necesidad casi imprescindible. En este particular sentido, Don Ambrosio Sáez de Bustamante, gobernador de la plaza hacia 1759, dirigiendo un extenso informe acerca de lo obrado, indicaba;
“...habiéndose empezado a facilitar la internación a los indios, que llaman Huilliches por la parte del camino que mira a Chiloé; los que ofrecieron y les convenía admitir españoles en sus tierras, y que se fortificasen y poblasen, viviendo con ellos; siendo este el medio de empezar a franquear la comunicación tan deseada y conveniente entre esta plaza y dicha provincia de Chiloé; en cuya consecuencia se emprendió la obra con solo las tan cortas fuerzas de esta guarnición (...) y abierto un aspero camino de montaña de más de seis leguas de esta plaza cuando fue atacada nuestra tropa (que solo consistía en 130 hombres) por más de mil indios... aunque tuvieron la suerte de que se les matasen bastante gente, pues se cree con fundamento hayan perdido más de 200 hombres sin que de nuestra parte muriese más que un negro de un balazo de los nuestros mismos y hasta 17 heridos y quemados por un accidente, aunque no de riesgo; en lo que se vio la alta mano de Dios y protección de María...
Pero después de esta considerable ventaja, que sin duda ha ocasionado mucho terror en los indios, fue preciso retirarnos a la plaza, no pudiendo ya sostener la empresa por falta de gente... ni ser fácil enviarla el Señor Presidente por acercarse el invierno y las dificultades en la distancia que hay de Chile a esta plaza...” 5 . Finalmente concluía expresando; Pero no dudo se continúe el intento en tiempo oportuno y con las providencias necesarias, que aquí no hay, siendo el asunto tan importante, así por la apertura del camino para comunicarse con Chiloé, repoblando la ciudad de Osorno, como para la descubierta por los españoles que se dice haber no distante de dicha ciudad hacia la montaña, o cordillera (...)” 6
A la vista quedan las severas dificultades que debían enfrentar las obras en procura del restablecimiento del camino, siendo uno de los más complejos la resistencia de los naturales a quienes debía neutralizarse por la vía de los acuerdos (misiones y/o parlamentos) o simplemente por la fuerza. En este sentido, estaba claro que el primer tramo que debía asegurarse era el que se encontraba entre Valdivia y el río Bueno, lo que se pretendió fallidamente hacia 1760, intentando el establecimiento de un fuerte a modo de avanzada en las orillas del curso de agua mencionado conforme a las instrucciones ordenadas por el Presidente Amat. 7
Transcurrieron poco más de veinte años sin que se lograran pasos decisivos en procura del objetivo, ya por problemas de recursos para la obra 8 fueran humanos o materiales, como por las dificultades permanentes ya aludidas. También debe agregarse la falta de un plan más adecuado a la realidad de la zona. No en vano el misionero franciscano fray Hilario Martínez ofrecía sus oficios desde Valparaíso en enero de 1784, manifestando que “el camino, que repetidas veces se ha mandado abrir desde Valdivia a Chiloé, y nunca ha tenido efecto, es uno de los arbitrios necesarios, y útiles, que deben meditarse en este Reyno, y por otra parte juzgo esta empresa no tan costosa como se pondera...” 9 . Seguidamente planteaba un singular plan que consistía básicamente en trasladar tropas de Valdivia a Chiloé por vía marítima, para luego aunar esfuerzos con trabajadores chilotes reclutados para el efecto, los que en conjunto deberían resolver la reapertura del camino en breve tiempo a cambio de regalías y honores otorgadas por la Corona. Con este último aspecto, a juicio de fray Martínez, “se conseguirá la gente que se quiera, harán las cosa bien hecha, con buena voluntad, y en poco tiempo, pues no he visto en todo el Perú amor ni vasallaje al Soberano, como en los isleños de Chiloé” 10
Todo parece indicar que el plan del padre Martínez nunca fue aplicado, por lo que los trabajos para la reapertura del camino continuaron en compás de espera.
Esta situación sólo se prolongó hasta el año siguiente, 1785, en que aparece la figura de Don Ambrosio Higgins en calidad de Comandante de la Frontera. En un detallado informe, el irlandés planteaba estratégicamente algunas ideas para lograr la sujeción de los indios que habitaban la región comprendida entre el Bío – Bío hasta los confines australes. 11
Al referirse a los papeles que le correspondían jugar a Valdivia y Chiloé, expresaba que sus respectivos gobernadores debían enfrentar el problema de abrir definitivamente el camino no sobre la base única de sujetar a los naturales por la vía de la convicción, sino la alternativa efectiva sería “internando poblaciones de Españoles que abundan en Chiloé a parajes y distancias proporcionadas en el continente contiguo, tomando posesión de ambas orillas del Río Bueno, y de la antigua inmediata ciudad de Osorno.” 12
De alguna forma, el plan de Higgins tenía cierta similitud general con lo propuesto por el fraile Martínez, particularmente en el sentido de otorgarle a Chiloé un protagonismo fundamental en la empresa, sin perder de vista -sin embargoque debía ser una acción envolvente y combinada entre valdivianos y chilotes. Pero lo clave del plan estaba en la instalación de asentamientos, lo que implicaba una fuerte presencia y acción de apoyo militar, teniendo como objetivo la refundación y repoblación de Osorno, la que lograda permitiría garantizar el libre tránsito entre Valdivia y la Isla Grande.
No obstante la presión que se ejercía por las autoridades para enfrentar el tema, no siempre se dio la unanimidad entre los gobernadores de uno y otro extremo. Higgins fue particularmente crítico con la gestión del gobernador de Valdivia Don Mariano de Pusterla y Sacré 13 , quien había defendido la opción del convencimiento de los naturales por vías pacíficas, y por el contrario, alaba la línea de Francisco Hurtado partidario más proclive al uso de la fuerza. El resultado de la política seguida por Pusterla, el irlandés la resume así:
“Los efectos de esta tímida conducta del Brigadier Pusterla, han sido los que yo siempre anuncié, esto es, que el camino duraría el tiempo que quisieran los indios”.
En efecto, una sublevación con muerte de un misionero y un correo, más el robo de ganado de algunos vecinos de Valdivia en la época, así lo confirmaba. 14
Importante resulta destacar que Ambrosio Higgins siempre evidenció una especial preocupación por lograr recuperar la soberanía real en esta región, preocupación que mantuvo con igual y quizás con mayor compromiso al alcanzar la máxima autoridad en Chile (1788 a 1796) e incluso seguidamente como Virrey del Perú. Por esos años, los aprestos defensivos ante la amenaza derivada del conflicto entre España e Inglaterra, hizo retomar con más fuerza la idea de estructurar y consolidar de una vez y para siempre un eje defensivo entre Valdivia y Chiloé, teniendo como elemento intermedio a Osorno. Para ello era entonces indispensable -como ya esta dicho- una expedita comunicación a través del Camino Real asegurando así las líneas internas del dispositivo de defensa. Paralelamente, ya desde el inicio de la década del ochenta, a contar del gobierno del Presidente Benavides, se contaba con la presencia de una flotilla de navíos de guerra que patrullaban desde Talcahuano hasta Chiloé, al mando de don Antonio Baccaro. 15 De esta manera se pretendía asegurar medianamente las líneas externas del sistema defensivo regional controlando el espacio marítimo.
Pocas dudas caben respecto de la importancia estratégica asignada como conjunto al espacio existente entre Valdivia y Chiloé, son numerosas las menciones en los documentos de la época sobre el particular. El propio Ambrosio Higgins en calidad de Presidente lo expresaba con toda claridad:
“Los extranjeros conocen demasiado la importancia de las Islas de Chiloé y de Valdivia, y ya ha advertido repetidamente por el Ministerio de Guerra de la exactitud de sus raciocinios sobre la ventaja de ampararse con toda anticipación de estos puertos en el caso de un rompimiento para emprender desde ellos contra todo el resto de Chile, y el Perú. La ocupación de las islas sería indubitable supuesto que imposible defenderlas por su número y situación”. Resaltando lo fundamental papel que desempeñaría el Camino Real en esa eventualidad, Higgins agregaba: “Sin una comunicación franca entre ellas y Valdivia tendríamos que ver a los enemigos poseerlas tranquilamente sin poderles incomodar, porque sería imposible acercarnos a ellos privados del camino...” 16
A la altura de las últimas dos décadas del siglo XVIII la experiencia acumulada en base a las constantes amenazas e incursiones de potencias extranjeras a partir de expediciones corsarias y piratas, habían sentado un precedente que obligó a la corona a replantearse en más de alguna oportunidad su política defensiva en esta zona calificada en repetidas ocasiones como el “gran antemural del Mar del Sur”. Valdivia y Chiloé, en consecuencia, de acuerdo a sus respectivas localizaciones latitudinales y características de óptimos fondeaderos, debían constituirse en un eje defensivo como primera barrera, de lo contrario la sobrevivencia del reino de Chile y especialmente del Virreinato quedaba, al menos, en entredicho.
Luego del fallido intento holandés de mediados del siglo XVII por asentarse en esta región, la Corona debió simplemente rediseñar una política específica para defender sus intereses ante la posibilidad de experimentar un desastre de proporciones. Parte de esa política fue realizar una más que importante inversión de recursos materiales y humanos en términos de fortalecer militarmente la región. En este sentido, el nuevo impulso en la construcción, ampliación y modificación de fortificaciones tanto en Valdivia y Chiloé a partir de mediados del siglo XVII reflejan un giro y tras él una evidente inquietud.
Dentro de este contexto, otras medidas respondieron también a esta preocupación, tal fue el caso trasladar población de un lugar a otro en la idea de asentar presencia o reforzar las guarniciones. 17
Respecto del Camino Real, un nuevo intento se llevó adelante hacia fines de 1788, esta vez bastante más exitoso. Por iniciativa del criticado gobernador de Valdivia, Ingeniero Mariano de Pusterla, se envió una expedición, el día 20 de septiembre, al mando del Sargento Teodoro Negrón y un grupo de trece soldados más cuatro indios amigos (dos de ellos casiques), los que lograron arribar al fuerte Maullín el día 16 de enero de 1789. Luego de establecer contacto con una avanzada chilota dispuesta en ese lugar y permanecer algunos días, iniciaron el regreso el día 21 de enero de 1789. 18 Según el propio Presidente Higgins, al informar a Madrid sobre este hecho, esta expedición logró regresar a Valdivia en el mes de febrero de dicho año con el plus de haber logrado el armisticio de los casiques de la zona intermedia. 19 Pusterla al informar acerca del éxito de la expedición a Ambrosio Higgins en febrero de 1789, destacaba la colaboración de algunos casiques de los Llanos en las obras de desmonte (tala y limpieza del camino). 20 El propio Higgins una año más tarde ponía de manifiesto su reconocimiento a la ayuda y apoyo de los indios amigos al expresar que estos “son adictos a la tranquilidad deseando fomentar su comercio y correspondencia con los Valdivianos” 21
Respecto de los logros de Pusterla en materia del proyecto del Camino Real, hay un interesante documento que él dirigió al en ese entonces gobernador interino de Chiloé, Don Francisco Garoz, en el que expresaba el trabajo hecho con los naturales de la zona: “Por el testimonio que acompaño se impondrá Usía de las juntas de indios en Rahugue, y Quilacaguin con motivo del camino y la que en esta Plaza he tenido con todos los caziques del tránsito, y sus inmediaciones en la que concurrieron muchos que nunca habían venido a Valdivia, inclusos los dueños de las tierras hasta el río Maypue: que en ella quedó establecido el camino: amistados los Indios con los Chilotes como están con los Valdivianos para el libre seguro tránsito; como tambien para las embarcaciones que fondeen en la costa, con ofrecimiento de auxilios para los pasajeros, y embarcaciones que naufragaren.” Termina el escrito con una sentencia que complementa su postura y forma de enfrentar el trato con los indios para el logro de la pacificación; “Que se castiguen a los que contravinieren a estas disposiciones...” 22
Naturalmente, lo logrado plantea dudas respecto de las críticas que Higgins más tarde haría al gobernador Pusterla y que ya hemos aquí comentado. Al menos queda muy claro los esfuerzos de la autoridad valdiviana y sus subordinados por cumplir como fuera posible, el cometido del Camino Real.
Desde un punto de vista técnico, a partir de 1790 el proyecto contó con la asesoría del ingeniero militar Don Manuel Olaguer Feliú 23 siguiendo expresas instrucciones del Virrey del Perú, Don Francisco Teodoro de Croix, a esa altura en sus últimos meses de mandato y que sería reemplazado por Don Francisco Gil de Taboada Lemus y Villamarín a partir de marzo del año indicado.
Este cambio en el mando virreinal significará para la Gobernación de Chile no solo un retroceso en cuanto a los aportes de recursos provenientes desde del Perú, sino una serie de limitantes y trabas administrativas impuestas por la nueva autoridad, la que al parecer traía instrucciones de ordenar el gasto dentro del marco de las reformas económicas de fines del siglo. La línea política del flamante Virrey quedó de hecho demostrada por la respuesta que le dio a una solicitud de Higgins para nutrir materialmente las obras de fortificación del reino como del Camino Real Valdivia – Chiloé. 24 La respuesta virreinal no se hizo esperar en el sentido señalado y debió haber generado un sentimiento de decepción. En carta del 2 de junio de 1790, le expresa:
“Pues además de que (...) no hay fondos para obtener semejantes gastos, se ha llegado a conocer que aun cuando se aumentasen las fortificaciones y guarniciones, jamás podrían defenderse de una expedición formal, por los muchos puntos de ataques, que el enemigo puede dirigir sus miras. El no haberse conocido esta verdad, anteriormente, y haberse seguido el sistema contrario desde el año de 1763 ha sido causa de que el Erario de América se halle con los crecidos empeños que V.S. sabe, y nadie ignora... y siendo indispensable por otra parte aliviar a la Metrópoli con alguna remesa de dinero para que pueda sostenerse la formidable armada que tiene S.M. para defensa de estos sus dominios, es forzoso que V.S. y yo tratemos de economizar todos los gastos cuanto sea posible”. 25
Más aun, el Virrey Gil y Lemus reafirmando su posición, dos días después de haber contestado a Higgins, le escribe al Secretario de Estado e Indias, Don Antonio Valdés adjuntándole las notas referidas del Presidente de Chile, informando a S.M. acerca de la “inutilidad y crecidos gastos de estas empresas”. 26
No es difícil imaginar que esta respuesta era muy decepcionante para los esfuerzos que se realizaban en Chile y en particular para la implementación defensiva del sur del reino, afectando así de manera directa el proyecto vial.
A pesar de estas contrariedades, el trabajo del camino continuó adelante. De hecho un oficio de la Secretaría de Guerra fechado en Madrid el 4 de abril de 1790, comunicaba la satisfacción del Rey respaldando lo desarrollado y obtenido por Pusterla, ascendiéndolo al grado de Brigadier como asimismo “al Sargento Don Teodoro Negrón que se llevó la comisión, grado y sueldo de Alférez en su propio cuerpo”. 27
Una de las últimas labores del Brigadier Pusterla en Valdivia, fue el despacho a las autoridades competentes -incluído el Presidente Higgins- de la documentación y plano pertinente al trazado del camino, gestión verificada oficialmente el 10 de enero de 1791 con el rótulo “Remite el Plano que comprende los puertos de Valdivia y Chiloé con la costa inmediata” 28
El mapa elaborado contiene en su parte superior un extenso texto explicativo respecto del recorrido de la ruta y sus características con la firma del gobernador Pusterla, 29 escrito que se adjunta el presente trabajo (ver anexo 1).
Ambrosio Higgins, una vez recepcionado de estos documentos, los envió a la Península con un informe adjunto, en parte de este se señala que tanto desde Valdivia como desde Chiloé, se encuentran trabajando en el ensanche y mejoramiento del nuevo camino “sin que haya contado una obra tan deseada desde remotos tiempos ningún gasto extraordinario, armas, ni desagrado de los naturales poseedores de aquellos terrenos...” 30 . De alguna manera respondía así a las exigencias de los ajustes impuestos por la autoridad virreinal según la correspondencia intercambiada en junio del año anterior (1790).
La tranquilidad que se había experimentado como resultado de la gestión de Pusterla, como podía esperarse, no duró lo suficiente. A fines de 1792, se produce un violento alzamiento indígena en la zona inmediata a Valdivia y que luego se generalizó más al sur. Ello obligó a tomar medidas de fuerza por parte de la guarnición local y poder así recuperar los avances que se habían obtenido después de tantos esfuerzos. La sublevación tomó un cariz bastante grave, pues fueron destruidas varias haciendas, se perdió una cantidad importante de ganado, fueron quemadas varias casas y la misión de Río Bueno, falleciendo en el lugar uno de los frailes y cerca de once españoles. 31
La contraofensiva militar dirigida desde Valdivia pudo rápidamente retomar el control de los territorios alzados, logrando dejar abierto el Camino Real. Además, fruto de la incursión más ampliada en sus movimientos, fue posible encontrar finalmente las ruinas de la tan buscada ciudad de Osorno la que fue asegurada de inmediato por las tropas. 32
Mas tarde, el Presidente Higgins en enero de 1793, daba cuenta de su decisión de repoblar esta ciudad al más breve plazo haciendo notar -además- que de ello dependería el sostenimiento del camino y comunicación entre Valdivia y Chiloé. 33
En septiembre del mismo año, el Presidente comunicaba que Osorno estaba siendo reconstruida y que los movimientos de los indios habían terminado en forma definitiva, encontrándose -al mismo tiempo- el tránsito del camino restablecido completamente. 34
Importante es señalar respecto del Camino Real, que luego se hicieron esfuerzos para volver a trazar la vía para que Osorno quedara apropiadamente conectada, puesto que a partir de su localización la ruta desde allí hasta Maypue tradicionalmente era otra que permitía acortar una considerable distancia. 35 Estas observaciones vinieron de parte de aquellos que se encontraban empeñados en la reconstrucción de la ciudad, lo que poco a poco permitió mejorar las comunicaciones entre ese punto y Chiloé. Entretanto, como una manera de ir asegurando la región y el propio camino, se inició en forma simultánea bajo la dirección del Ingeniero Don Manuel Olaguer, la construcción de dos fortificaciones en base a estacadas, una en la ribera del Río Bueno bautizado luego como San José de Alcudia, y el otro en Osorno a orillas del Rahue con el nombre de San Luis. 36
Finalmente, bajo la preocupación y supervisión del propio Ambrosio Higgins, el 13 de enero de 1796 fue refundada la ciudad de Osorno, hecho que el mismo Presidente Confirmara oficialmente al monarca. 37 Esta satisfacción la experimentó a pocos meses de ser nombrado Virrey del Perú (junio de 1796). Ya en Lima, mantuvo por algún tiempo la superintendencia de Osorno, siguiendo muy de cerca la evolución de la ciudad.
El Camino Real, por tanto, había pasado a convertirse en la columna vertebral que unía a Valdivia, San José de Alcudia (Río Bueno), Osorno, Maypue, Maullín y vía Canal de Chacao, a San Carlos de Ancud (Chiloé).



NOTAS
1 AGI, Chile, 199. Comentario del Presidente Higgins en carta fechada en Los Angeles el 8 de enero de 1793, en la que alude a la solicitud del cabildo castreño.
2 Informe de los Oficiales de las Cajas Reales de la Provincia.
3 AGI, Chile, 220. Informe a la Junta Superior del gobernador de Chiloé Don Francisco Hurtado, fechada en San Carlos de Chiloé el 1º de abril de 1788.
4 AGI.,Chile, 188. Documento fechado en Santiago de Castro en 22 de septiembre de 1762, del Cabildo de Justicia y regimiento de la ciudad de Castro, Provincia de Chiloé.
5 AGI, Chile, 186. En un informe de la Real Audiencia de Chile dirigida a S.M. el 15 de Abril de 1759, se hace constar respecto de los esfuerzos del Presidente, Gobernador y Capitán General, Don Manuel de Amat. Se menciona allí los intentos de pacificación en las inmediaciones del río Bueno y el bloqueo de las comunicaciones entre Valdivia y Chiloé.
6 AGI, Chile, 188. En carta del 28 de marzo de 1759, Don Ambrosio Sáez de Bustamante, gobernador de Valdivia, da cuenta de su ejercicio a Don Miguel de Arriaga, Secretario de Indias. Importante es señalar que a esa fecha la plaza y presidio de Valdivia depende del Reino de Chile.
7 AGI, Chile, 199. Relación del Presidente Higgins del 8 de enero de 1793.
8 AGI, Chile, 199. Idem.
9 AGI, Lima, 1035. Carta de fray Hilario Martínez dirigida al Secretario de Estado e Indias, fechada en Valparaíso el 2 de enero de 1784.
10 AGI, Lima, 1035. Ibidem.
11 AGI, Chile, 219. Informe de Don Ambrosio Higgins al Excelentísimo Don José de Galvez. Concepción, 23 de abril de 1785. Oficio Nº 15.
12 AGI, Chile, 219. Ibidem.
13 Nacido en Zaragoza, fue Gobernador de Valdivia entre 1786 a 1791.
14 AGI. Chile, 199. Relación de Higgins al Excelentísimo Don Pedro Acuña. Los Angeles, 8 de enero de 1793. Oficio Nº 123.
15 AGI, Chile 192. Carta fechada en Santiago el 6 de septiembre de 1781, en la que se acusa recibo de la Real Orden del 4 de abril de 1781 en la que se indica la forma y los casos en que debe actuar la escuadra del Mar del Sur. Oficio Nº 67.
16 AGI, Chile, 199. Relación del Presidente Higgins al Excelentísimo Don Pedro Acuña. Los Angeles, 8 de enero de 1793. Oficio Nº 123)
17 AGI, Chile, 437. Real Orden fechada en el Pardo el 14 de febrero de 1786, dirigida al gobernador de Chiloé en la que se le comunica que se ha decidido aumentar en 162 plazas la guarnición de Valdivia, para lo cual se requiere trasladar a 100 familias de Chiloé a Valdivia.
18 AGI, Chile, 187. Informe del Coronel Francisco Garos al Excelentísimo Sr. Don Francisco Antonio Valdés, fechado en San Carlos de Chiloé el 26 de enero de 1789.
19 AGI, Chile, 211. Informe del Presidente Higgins al Excelentísimo Sr. Don Francisco Antonio Váldés, fechado en Valparaíso en 4 de mayo de 1789.
20 AGI, Idem. Alusión al Informe del gobernador Mariano de Pusterla al Presidente Higgins, fechado en Valdivia el 12 de febrero de 1789.
21 AGI, Chile, 212. Informe del Presidente Higgins a Don Antonio Valdés, fechado en Santiago el 4 de Abril de 1790. Oficio Nº 233.
22 AGI, Chile, 212. Carta del gobernador de Valdivia Pusterla al gobernador interino de Chiloé Francisco Garóz, incluída en el set documental que el Presidente Higgins envía a como Informe a España.
23 Ibidem. Referencia del Presidente Higgins en el contenido de su Informe.
24 AGS, Guerra Moderna, 7239, Exp. 4, fol. 24 bis. Carta del Presidente Higgins al Virrey del Perú, Don Francisco Gil y Lemus, fechada en Santiago el 25 de abril de 1790.
25 Ibidem. Carta del Virrey Gil y Lemus al Presidente de Chile Ambrosio Higgins, fechada en Lima, el 2 de junio de 1790.
26 Ibidem. Carta del Virrey Gil y Lemus al Exmo. Sr. Secretario de Estado, Don Antonio Valdés, fechada en Lima el 4 de junio de 1790.
27 AGS, Guerra Moderna, 7238. Exp. 11, fol. 73. Oficio del Secretario de Guerra al Virrey del Perú. Madrid, 4 de abril de 1790.
28 Ibidem. Exp. 11, fol. 74. Oficio del Gobernador de Valdivia Mariano de Pusterla al Conde del Campo de Alange. Valdivia, 10 de enero de 1791.
29 AGS, Mapas , Planos y Dibujos, Caja IV, Nº 37 / ver G.M., leg. 7239, folio 39.
30 AGI, Chile, 196. Carta del Presidente Higgins al Exmo. Sr. Don Antonio Porlier. Oficio Nº 92. Santiago, 2 de Abril de 1791.
31 AGS, Guerra Moderna, 7267. Exp. 13, fol. 529. Testimonio expresado en la Relación de Servicios de Don Lucas de Molina, Coronel de Infantería y cargo de Sargento Mayor del Batallón Fijo de Valdivia. / También en AGI, Chile, 198. Carta del Presidente Higgins al Conde de Alange en que da cuenta del alzamiento. Fechada en Apaltas (Colchagua), el 12 de Diciembre de 1792.
32 AGS, Guerra Moderna, 7267. Testimonio en la Relación de Servicios de Don Lucas de Molina ya referido en nota anterior.
33 AGI, Estado, 85, Nº 2. También en AGI, Chile, 187. Informe de Don Ambrosio Higgins de Vallenar al Exmo. Sr. Conde de Alange. Los Angeles, 7 de enero de 1793.
34 AGI, Chile, 199. Carta del Presidente Higgins a Don Pedro Acuña. Oficio Nº 136. Santiago 17 de septiembre de 1793.
35 AGI, Chile, 199 y 212. Carta del valdiviano Don Julián Pinuer al Presidente Higgins, fechada en Osorno el 20 de septiembre de 1793.
36 AGI, Chile, 199. Oficio Nº 287. El Presidente de Chile da cuenta de lo que se esta desarrollando en Osorno y cercanías. Santiago, 12 de diciembre de 1793.
37 AGI, Chile, 187. Oficio del Presidente Higgins a S.M. por la vía Reservada del Despacho de Real Hacienda. Osorno, 15 de enero de 1796.

ANEXO Nº 1
“Plano que comprende los puertos de Valdivia y Chiloé con la costa intermedia según la carta de la Mar del Sur ultimamente corregida: en el se manifiesta el nuevo camino de comunicaciones entre ellos, aviertoen el año 1789 de Orden de S.M. por Direccion del Ingeniero en Gefe de los Reales Exercitos Dn. Mariano Pusterla Gobernador de la Plaza de Valdivia y arreglado por los Rumbos que ha observado, y numero de leguas que ha computado el Ingeniero extraordinario Don Manuel Olaguer Feliu en el reconocimiento que de el acaba de hacer trasfiriendose de aquellas Islas a dicha Plaza.
Los rios que se hallan en el camino se manifiestan con dos, y con una los Arrollos: de aquellos los nombrados Angachilla, Rio Bueno, Pilmaiquen, de las Canoas, y Maypue se pasan en barca o canoa y los restantes que son quince precisa establecerles Puentes de Madera, que construydos al uso del Pais seran de poco costo.
Los Angulos y Rodeos que se advierten en el camino no han sido posible evadirlos, y por la irregularidad del terreno, mas acomodado al paso de los Rios, y dejar libres Haciendas de los Indios que no han querido ceder; pero al ensanche para su perfección se evitarán las tortuosidades que en el se notan como ya se practico por parte de la provincia de Chiloe desde el nº 1 al 2 y resultaran menos leguas de las cincuenta y seis computadas en el Estado actual.
A excepcion de la distancia del nº 3 hasta Valdivia, y de la que hay desde el 4 al 5 que son de buen piso, en la generalidad llano y despejado, y solo con algunos trechos de Monte claro, es todo lo demás de espesisimo cerrado bosque, de corpulentos arboles, cañas bravas, quilas, y variedad de arbustos que forman un texido casi impenetrable; el terreno, sin embargo, es consistente y solo tal qual corto trecho de barro, y greda, que necesitan plancharse con maderas en la inmediación a los Rios y Arrollos.
La escala no permite designar la configuracion del terreno, además que la espesura del monte impide las correspondientes operaciones Geometricas; pues aun verificado el ensanche siempre quedaran ocultos los contornos sin ser posible detallarlos y solo, como ahora, con la brújula se podran demarcar las direcciones que se enmienden al perfeccionar el camino.
Valdivia y Enero 10 de 1791.
Mariano de Pusterla.”

Saturday, February 20, 2010

Articulación ideológica del proyecto colonizador chileno durante el siglo XIX. Organización del estado republicano. Omar turra Díaz.

Boletín Nº4 del museo y archivo histórico municipal de Osorno. M.A Matta 809, fono-fax 238615 editor responsable Gabriel Peralta Vidal, Osorno, 1998.

pp. 109-126

La voluntad de superar el desorden socio-político que prosiguió a la emancipación, alcanza en la organización republicana del estado la estabilidad política y jurídica necesaria. El nuevo estado instaurado a partir de 1830 resultante de la hegemonía conservadora y de los principios políticos de portales, encontró en el consenso mayoritario de la aristocracia, en torno a la necesidad de establecer un orden mínimo, el ámbito propicio para formular para sí y para el resto de la sociedad un proyecto de organización política y social. En lo fundamental, este procuraba otorgarle estabilidad y continuidad al régimen civil a través de la conformación de un estado fuerte, fundado en un principio de autoridad impersonal y en la primacía del poder ejecutivo, capaz de controlar las fuerzas que amenazaban las debilidades estructurales de la naciente república. Dichos propósitos informan y encarnan toda la estructura de la organización jurídico-formal del poder reflejada en las normas constitución del 33, en base a la cual se patentiza el reinado de la constitucionalidad y la estructuración de “Estado en forma”


Como organización sociopolítica, el estado republicano surgió del apoyo prestado por el grueso de la aristocracia de base eminentemente agraria, y de los nuevos actores provenientes fundamentalmente del ámbito mercantil-financiero. Ellos, as u vez, conformaban la reducida elite que intervenía en el proceso político, dado el carácter censitario del sufragio electoral y otorgaban contenido al accionar del estado. Frente a esta elite política-económica existía una gran masa popular, mayoritariamente rural, no integrada y marginal, carente de participación política, pero protagonista de su propia historia, sobre la que el aparato estatal planifico actuar de modo de hacerlas participes, subordinadamente del nuevo orden y de acuerdo al propósito de moldearla según parámetros de la nación proyectada.


En la configuración de este orden estatal surgen al menos dos paradojas que es necesario dejar precisadas. La primera, que interpreta al accionar de una elite oligárquica y aristocrática, de base fundamentalmente agraria que, asumiendo como propio principios de origen liberal, como lo valores de la razón y la fe en el progreso se procuro construir un estado y un aparato jurídico de corte republicano y democrático. Pero construyó un estado y un sistema jurídico que restringió la participación política y económica de los miembros a los miembros de la alianza dominante y, además mantuvo en sus haciendas relaciones de producción “semiserviles” que favorecían un incremento rápido de la producción para la exportación. Se establecía así, una brecha importante entre los principios de “orden y progreso” y consignas liberales proclamadas, con la realidad de la exclusión y explotación de las mayorías campesinas. La segunda, dice relación con el manejo y control que ostento la aristocracia terrateniente del aparato estatal, del proceso político en general, pero sin embargo esta no fue la principal beneficiaria del régimen, puesto que debió subordinar sus intereses a los que imponía el capital financiero inglés o sus representantes, los mercaderes banqueros en términos de Salazar, que eran los que manejaban la verdadera riqueza. Las casas comerciales de Valparaíso, la naciente banca, los mineros y fundidores, conformaban el sector que realmente hegemonizo la economía. Su alianza con los terratenientes, entonces, fue permanente: unos que manejaban las finanzas y los otros controlaban el país.


El carácter urbano de los agricultores terratenientes, específicamente de aquellos vinculados con el entorno santiaguino, posibilito su acceso a los asuntos públicos y participación en la administración estatal. Más aun el entrelazamiento de las ricas familias criollas favoreció a la vinculación campo-ciudad, esto es la articulación de todo el valle central en un círculo social pequeño, estable y asentado permanente en la propiedad de la tierra. Complemento fundamental de estas condiciones era la hegemonía rural-hacendal que detentaban los terratenientes, que les permitía controlar el territorio y su población, dado que fuera de la escasas ciudades que existían la única organización legitima y consolidada era la hacienda. Por tanto, la base de la organización estatal se articulo de acuerdo con las pautas de los terratenientes quienes proyectaron el sistema de poder establecido de las haciendas y pueblos controlados por los hacendados, conformando un espacio rural relativamente homogéneo y comunicado, donde el poder estatal se ejerció real y prácticamente a través del poder rural. 111


De esta forma queda estructurado un orden estatal de carácter aristocrático republicano, que permitió una relativa estabilidad política en el seno de los grupos de poder que intervenían en la dirección del país. La configuración autoritaria del poder reproducía los mecanismos fundamentales de la institucionalidad, mediante la intervención sistemática en los procesos electorales y a través del empleo del aparataje militar, atenuando con ellos las sensibilidades ideológicas y los intereses entre grupos económicos y sociales distintos. Conllevaba en su estructura, también, las pautas del estado centralizado donde las decisiones administrativas y económicas se concentraban en Santiago, en el gobierno central, por lo tanto la hegemonía relativa que alcanzaron en este ámbito los diversos discursos argumentales le otorgaron el matiz de contenido a las acciones estatales y a las formas de entender el devenir social y económico del país.


Estado-nación y modernización.


Lograda la organización política y jurídica del país y con ella la conjugación de un nuevo modelo de legitimación y ejercicio del poder, una de las tareas primeras que asumió la elite dirigente fue la articulación de cánones culturales acorde con las nuevas circunstancias.


El ímpetu de definir los fundamentos sociales en que debía basarse la naciente república, al igual que las condiciones para su desarrollo devino en que las practicas discursivas evidenciaran una acentuada gravitación en el dominio de los factico, delineando y reformulando el plano histórico a la luz de argumentaciones que vinculaban lo literario con lo político. Tal ejercicio intelectual genero desde la emancipación misma una serie de propuestas de pensadores imbuidos del enciclopedismo europeo, que postulaban los caminos de la civilización y el progreso, con los parámetros del pensamiento ilustrado, como una forma de contraposición a la tradición y al sustrato cultural del país.


Tanto la búsqueda de una nueva organización política como de un nuevo modelo cultural-ideológico, respondió a un diagnostico negativo de la condición colonial y fundamentalmente, de la condición de súbditos de la corona española. Esta, según las proclamas antiespañolas, resultaba directamente responsable del atraso en que se encontraba la ex colonia, atraso que en sus raíces obedecía a un modo cultural señorial, oscurantista y falto de todas las virtudes necesarias para el anhelado progreso. Así, en su polémica investigaciones sobre la influencia social de la conquista y del sistema social de los españoles en chile, José Victorino Lastarria planteaba la necesidad de emprender una lucha contra el “despotismo del pasado” similar a aquella emprendida por los patriotas contra el “despotismo de los reyes”, con el mismo propósito, el estadista argentino Juan Bautista Alberdi expone en sus estudios económicos un vivo cuadro de ese espíritu heredado de la colonia y que se levantaba como un formidable obstáculo para el progreso de las diversas repúblicas de América latina.


No es extrañar, entonces, que los modelos proyectivos donde se busco fundar este nuevo orden se encontraran en las naciones que habían logrado desligarse de las antiguas configuraciones sociales, políticas, económicas y culturales y habían establecido el gobierno de la razón y la libertad, únicos medios adecuados para el progreso de los pueblos.


En esta perspectiva, hacia 1840, comienzan a parecer una serie de escritos de ensayistas y literatos como Lastarria, Bilbao, arcos, los hermanos Amunategui, vicuña Mackenna y sarmiento, entre otros, que expresan e institucionalizan un conjunto de ideas y aspiraciones que durante la segunda mitad del siglo XIX van a permear los distintos niveles de la sociedad chilena. A grandes rasgos estas aspiraciones dicen relación con la soberanía del individuo y la libertad como eje del sistema, dentro del plano jurídico, en el ámbito político, la forma republicana de gobierno y la separación e independencia de los poderes dele estado, en la historiografía, el relato de una nación que se inscribe en la ley del progreso y que se constituye como negación del pasado colonial, en las letras, el afán de una literatura que exprese a la sociedad de la época y que emancipe a los espíritus de los valores del pasado; en el plano institucional, la separación entre iglesia y estado, en el educación, el predominio del laicismo racionalista, y en la vida social y en las costumbres, la apropiación constante de modelos europeos y el afrancesamiento.


Este conjunto de aspiraciones e ideas fuerza se canalizarán con gran vehemencia y en forma sistemática a través de diarios, revistas, ensayos históricos literarios, discursos políticos, agrupaciones sociales, clubes de reforma, partidos políticos, instituciones educativas etc., conformando tal constelación con sus agentes y expresiones lo que conocemos como cultura liberal. La paulatina hegemonía que ella ejerce sobre la sociedad chilena, y la tensión como el punto de vista ultramontano y conservador dominan casi todo el espectro político-intelectual de la centuria decimonónica.


Resulta explicable que sea el liberalismo y no otra doctrina la que alcance preponderancia en chile hacia mediados del siglo pasado. De hecho, la apertura y la expansión de los vínculos comerciales con Europa, así como el influjo que todo lo europeo encontraba entre los criollos, contribuyen a fomentar la difusión de dicha doctrina. En el ámbito económico se participaba en un mercado internacional que se desenvolvía en base a cánones liberales. Se accedía además a una cultura, fundamentalmente la francesa, que en aquel entonces representaba el cenit del liberalismo. Agregase a ello el hecho que los sectores que participaban del poder carecían de bases sociales y económicas lo suficientemente definidas como para despertar grandes rivalidades ideológicas. La incógnita con respecto al potencial económico de un país todavía desconocido en sus recursos naturales, las posibilidades de un mercado internacional al que comenzaban a acceder, actuaron entre otros factores como considerandos que proporcionaron a la elite de aquel entonces, en el terreno ideológico, una pragmática fluidez.


Esto explica que desde el punto de vista de la organización político-social el liberalismo constituyó en chile, más bien, una declaración de principios. El orden político-social no dejo de ser oligárquico, es decir, excluyente y restrictivo, pese a su reiterada adhesión a los principios conducentes a la igualdad. Si bien bajo la inspiración liberal se pretendieron y de hecho se establecieron algunas formas políticas de corte liberal, lo político siguió siendo esencialmente asunto de unos pocos.


No obstante lo anterior con su influencia en los más diversos ámbitos de la realidad chilena la conciencia liberal representa uno de los núcleos fundamentales de la construcción intelectual de la nación durante el siglo XIX. A partir del rechazo del pasado colonial y del sentimiento común de “atraso cultural” de la base social criolla así como la carencia de “virtudes” necesarias para el progreso y la civilización, la concepción liberal de nación reivindicó la modernización o, más bien, la configuración de una identidad nacional que se relacionara con una modernización, que no siempre fue explicita ni entendida de la misma manera. Surge como paradigma en la medida que el pasado es repudiado y la aceptación de lo moderno constituye un paso necesario, el pasado español se asociaba a la tradición oscurantista que resultaba necesario erradicar por lo que la modernización vendría a representar el cambio. Los proyectistas y literatos liberales depositaron, entonces, sus esperanzas en la implementación de soluciones europeas o norteamericanas como modo de compensar as inherentes deficiencias locales. El mundo europeo no era percibido como algo ajeno y distante, sino que se apreciaba una identidad y, por lo tanto, todo aquello que se hiciese por estrechar lazos era valorado especialmente. La identidad quedaba establecida así, en función de un referente externo, europeo y moderno, que dividía lo social en una dualidad y dicotomía en permanente contradicción “civilización barbarie” ella expresaba la contradicción fundamental a partir de la cual se constituían los sujetos sociales y se unificaba el espacio-político. Con ello, todo posibilidad de identidad y por tanto la afirmación cultural-productiva quedaba vinculado a la ubicación en cada uno de esos campos de los social.


La pobreza, el atraso social y cultural, la falta de virtudes para el progreso, constituían limitantes que era preciso superar. Sus causales, sin embargo no se buscaron en la estructura social y económica que impedía la modernización y reproducía el ethos señorial-aristocrático, sino en factores culturales; la indolencia de un pueblo que se negaba a ingresar por la senda de la civilización y el progreso. La necesidad de civilizar, por tanto, dispone al país bajo los imperativos de la modernización, de manera que hacia los diversos ámbitos del quehacer estatal, fluyen proyectos contaminados por el objetivo primordial de eficacia y utilidad con el afán de implementar patrones, agentes y políticas modernizadoras que permitiesen el desarrollo económico y social de la futura nación.


Ideario liberal-positivista de modernización


Los diversos problemas que conllevaba la meta de reconstruir la realidad dispusieron a la elite criolla, así como al resto de las hispanoamericanas, bajo el influjo de diversas corrientes de pensamientos emanadas del viejo continente. El tradicionalismo francés, el racionalismo, el utilitarismo, el socialismo romántico constituían entre otras, doctrinas desde donde se extrajeron los instrumentos ideológicos que otorgaron contenido a las distintas propuestas.


Pero, en general, de todas las corrientes filosóficas que influyeron en el pensamiento de los letrados hispanoamericanos el positivismo es, sin duda, el de mayor trascendencia. Muchos de los miembros de la generación intelectual de los años 40 del siglo XIX, a la que Leopoldo Zea denomina “pre-positivista”, se sintieron altamente sorprendidos al constatar años más tarde, que sus ideas coincidían casi en su totalidad con las de la filosofía positivista. Ello porque Comte sintetizó en el positivismo todo ese conjunto de ideas filosóficas que de un modo natural y adaptándolas a las diversas circunstancias históricas, desde hacía años los americanos se esforzaban por estructurar.


No es de extrañar entonces su rápida difusión en el concierto latinoamericano de mediados del siglo XIX. “los hispanoamericanos –señala Zea- vieron el positivismo la doctrina filosófica salvadora. Este se les presento como el instrumento más idóneo para lograr su plena emancipación mental y, con ella, un nuevo orden que había que repercutir en el campo político y social. El positivismo se les presento como la filosofía adecuada para imponer un nuevo orden mental que sustituyendo al destruido, poniendo así fin a una larga era de violencia y anarquía política y social.


En chile, la instrucción de concepciones positivistas en la intelectualidad va de la mano con el proceso de difusión y ascenso de las ideas liberales de corte francés. Se les acoge con la convicción de que constituía un instrumento eficaz para convertir en realidad los ideales del liberalismo y el antídoto necesario para contrarrestar los males de la sociedad criolla.


Lastarria, uno de los primeros exponentes, que llega a Comte a través de lo que ha considerado afinidad de ideas, vislumbro en la filosofía positiva una ideología liberal, por lo que hace de la misma un instrumento al servicio de la defensa de las libertades políticas.


En general, los intelectuales criollos de mediados del diecinueve se sirvieron del positivismo y del conjunto de ideas que le precedieron, para transformar la propia realidad histórica y lograr que un nuevo orden se alzara en el país. Un orden preocupado por la educación de sus ciudadanos y por su confort material, por el desarrollo de la ciencia; un orden impulsor de las libertades políticas, del progreso y de la civilización. Hacia tales fines confluyeron los primeros proyectos modernizadores. Ellos se sustentaron y adquirieron legitimidad en el contexto de una ideología típicamente modernizadora a la que Eduardo deves ha caracterizado en sus aspectos culturales, bajo el arquetipo del “hombre sarmiento” su estructuración implicaba:


- una concepción de loa americanos (hispano) como el mal, homónimo a lo negativo, por ellos resultaba necesario civilizar, pacificar y modernizar. Una traducción más concreta es “gobernar es poblar”;


- en general se piensa con las categorías de la civilización y sostienen la necesidad en estar al día de la realidad de la Europa no hispana;


- posee una perspectiva temporalista que sitúa a la “barbarie” como a un momento anterior a la civilización;


- afirma la creencia que la ciencia y la técnica conducen y son la única forma de alcanzar la verdad y la civilización;” la civilización es ciencia”.


La vinculación del progreso con la introducción de las nuevas tecnologías otorga especial valoración a la ciencia y a la técnica como condición gravitante para el desarrollo económico y social del país. Al insertarse en la dinámica del progreso que representaba el sentimiento de pertenecer al orden internacional configurado por la Europa liberal. Razón por lo cual, los diversos medios, agentes y políticas que se adoptan están en estrecha relación con la inscripción del país en el ámbito del mundo civilizado.


Según la concia liberal criolla, los pueblos americanos que forman parte de la cultura europea tienen el legítimo derecho de ocupar un lugar en el desarrollo de la modernidad que propiciaba Europa, ello en base a la comunidad de fines que existe entre América y esas naciones. “La América y la Europa –dice Lastarria- aunque en general están pobladas de distinta gente, de condiciones sociales profundamente diversas, tiene sin embargo, tradiciones, sentimientos y costumbres procedentes de un mismo origen, y sobre todo se encaminan a un mismo fin social”[1] de acuerdo con esto, los pueblos americanos no tiene otro horizonte que el abierto por aquella civilización.


Como una forma de lograr un acercamiento efectivo con los criterios de la racionalidad científica europea, el ideario liberal-positivista contemplo, entonces, dentro de su proyecto social, el abrir los territorios de la república a la inmigración de la población de aquellas latitudes. Una poderosa inmigración hacia pensar lo que esta había significado en los estados unidos de Norteamérica. Esta instancia, por lo tanto, fue concebida fundamentalmente como una estrategia civilizadora en la cual los inmigrantes serian los agentes difusores de aquellas virtudes necesarias para la conformación de una sociedad moderna. En otras palabras, serian la expresión de la modernidad a la que se aspiraba y nos permitirían participar de los “beneficios” de la civilización.


Inmigración colonizadora y modernización agrícola.


El papel asignado a la inmigración como elemento básico del desarrollo económico es un fundamento generalizado dentro de las propuestas migratorias de los países latinoamericanos durante el siglo XIX. Invariablemente se asigna al asentamiento de extranjeros, la posibilidad de aumento de la producción y de las riquezas de estos países.


En base a esta premisa, hacia mediados del siglo, las proclamas inmigratorias orientadas al establecimiento poblacional se intensifican y el epígrafe “gobernar es poblar” de Alberdi se transforma en un axioma dentro de los proyectos socioeconómicos de las nacientes repúblicas hispanoamericanas, particularmente en las de la región del rio de la plata “Argentina, Uruguay, Paraguay- y Chile el ideario liberal predominante configuro un discurso argumental en el que la inmigración representaba una de las variables a controlar en la implementación de los proyectos sociales, amparados en el convencimiento de que la influencia del elemento europeo mejoraría las características poblacionales criollas y permitiría su desarrollo económico y cultural. Tales supuestos orientaron las políticas colonizadoras tanto en nuestro país como en el rio de la plata. Ello explica, que la normativa legal entre y otro país no difiera sustancialmente, tanto en los fundamentos como en sus disposiciones. Las diferencias observadas en su implementación y desarrollo se debieron más bien, alas circunstancias propias de cada región en las que se procuro aplicarlas y al nivel de compromiso que desplegaron los grupos dirigentes en su concreción.


Ahora bien, en sus fundamentos el proinmigracionismo entronca, mayor o menos medida, con el proceso de formación del mercado internacional capitalista que, hacia las medianías de la centuria hace sentir sus efectos en el cono sur americano y al cual las distintas repúblicas se integran como productoras de materias primas. Las amplias expectativas económicas que coyuntura evidenciaba, estimularon a publicistas e ideólogos a vislumbrar la posibilidad de moldear las jóvenes naciones de acuerdo a los parámetros de la Europa inglesa y francesa, que representaban la civilización de los últimos siglos y además a los paladines del sistema económico imperante. Norteamérica representaba también para estos, la encarnación de los ideales liberales y progresistas: la encarnación del espíritu de la modernidad que anhelaban “instalar” en Suramérica.


En Chile, la demanda internacional de productos agrícolas se dejo sentir al promediar el siglo con los requerimientos de California y Australia. Estos mercados, aunque fueron circunstanciales y breves y de amplitud más bien reducida, marcan el inicio de la gran exportación agrícola que se verificara a partir de 1865. Además de este fenómeno, el incremento de las demandas de bienes agrícolas por parte del mercado minero del norte, la mayor apertura peruana y entregas importantes hacia regiones trasandinas, permitieron un auge agrícola de considerables proporciones. Por estos años el estado en mancomunión con los hacendados más progresistas del país, agrupados en la sociedad nacional de agricultura, impulso la generación de una red de comunicaciones viales y ferroviarias y la construcción de grandes obras de regadío en la zona central, que permitieron poner en producción prácticamente todo el territorio agrícola hasta el rio Biobío.


Las crecientes ventajas que proporcionaba la expansión de los mercados externos e interno aumentando de los precios agrícolas transformo en una actividad rentable a la agricultura, y elevo considerablemente el precio de las tierras. Según Bengoa, el valor de las hectáreas aumento en 8 pesos en 1820 a 100 pesos en 1840 y a más de 300 pesos en 1860. Surgió por ende, la actividad especulativa y con ella la presión por expandir la frontera agrícola. “Una vez que se ocuparon todos los sueños del territorio central, se abrió el interés por el sur”.


Frente a ello, los beneficios económicos que una inmigración sostenida entregaría a la nación y la transformación de las estructuras productivas de la agricultura decimonónica, presentaba la inmigración colonizadora como el camino más adecuado a seguir. Como el flujo cuantitativo de la inmigración libre estimabase insuficiente, por lo cual no lograba irradiar las virtudes burguesas de laboriosidad y comportamiento ahorrativo, resultaba necesario un aumento sustancial de la población inmigrante europea, para que actuara directamente sobre la base social criolla que se deseaba cambiar. Esta base social era mayoritariamente rural e involucraba tanto a trabajadores agrícolas, a la población vagabunda, como a los habitantes indígenas del extremo sur del país y de la Araucanía.


Puesto que el atraso se identificaba con el medio rural, con los “despoblados” era el más alto beneficio poblar los extensos territorios “vacios” de que disponía el estado en el sur del país, para ponerlos en producción e integrarlos económicamente a través del aporte económico-cultural que pudieran hacer los inmigrantes que se instalarían en estas regiones.


Así, surge como expresión inicial de este proyecto modernizador la ley de colonización de 1845 que autorizaba al presidente de la república para que en seis mil, cuadras de terrenos baldíos que había en el estado, pueda establecer colonias de naturales y extranjeros. El propio presidente Bulnes señalaba al respecto ante el congreso nacional que: “convencido el gobierno de la importancia de la inmigración europea, reclamaba altamente para el porvenir de las provincias del sur, donde una considerable extensión de terrenos en un suelo favorecido por la naturaleza my bajo una temperatura semejante a las mejores de Europa, convida a la colonización y la industria, ha tomado de tiempo atrás diversas providencias con el objeto de atraer a este punto alguna parte de la inmigración…”


Por lo tanto, al hablar de colonización, los hombres de estado y publicitas del siglo XIX se estaban refiriendo al establecimiento de campesinos agricultores en tierras públicas destinadas a ese objeto y como complemento necesario, al desarrollo de la inmigración. Ambos procesos resultaban de la percepción de un mismo problema: la existencia de amplios espacios “desocupados “y la falta de habitantes en el país para desarrollarlo en todo sus aspectos. En otros términos, la colonización de los territorios fiscales del sur constituía el problema básico por resolver y hacia resolución confluyeron las aspiraciones modernizadoras de la agricultura decimonónica. Así, colonización se hizo sinónimo de inmigración y del colono, casi sin excepciones identificado con el inmigrante, se aspiraba que hiciera brotar de las tierras hasta ese entonces abandonadas, las “granjas que el país necesitaba”.


Progresivamente, en el seno de nuestra elite política e intelectual se va legitimando una verdadera ideología inmigratoria, enmarcada dentro de un proyecto nacional de modernización, que en el ámbito agrícola expresaba la aspiración de modernizar las estructuras sociales y productivas del espacio agrario chilenos. Este modelo proyectivo, sin embargo buscaba modernizar la agricultura del país sin alterar las estructuras sociales y la hegemonía política, social y económica de la aristocracia terrateniente. En este sentido, la modernización, fue concebida como una construcción “desde arriba”, organizada y orientada por la elite dirigente por medio de la instrumentación del aparataje estatal.


Como señalamos, en sus fundamentos este proyecto surge vinculado al interés por lograr una mejor inserción del país dentro de las esferas del mercado internacional capitalista, al cual paulatinamente se accedía y, en este sentido, el considerar a la inmigración como e l primer elemento de una cadena de elementos de una cadena que favorecía con el tiempo a la todas las actividades productivas, el inmigrante colonizador es traído principalmente por su condición de individuo productor de riquezas. Por tanto, la inmigración promovida por el estado, atendiendo el carácter del proyecto debía ser eminentemente selectiva, dada su doble tarea de transformar la base social rural, además de sus estructuras productivas.


Como el estado, a través de los grupos dirigentes asume un estrecho compromiso con el modelo económico exportador, dada la enorme gravitación que alcanzaban en las entradas fiscales los impuestos aduaneros, su accionar fundamental en el periodo apuntara a crear las condiciones para su mejor funcionamiento. Al contar con el respaldo de las fuerzas sociales que intervenían en la gestación de las políticas estatales, se trataba de un modelo de consenso, fruto de la economía colonial que permitió la conformación de grupos exportadores en la agricultura y en la minería, estimulados por comerciantes interesados, también, en incentivar las exportaciones del país y la internación de productos foráneos. De aquí la figuración de “mesa de tres patas”, aludiendo las bases en que se sustentaban la economía chilena del siglo pasado, mineros, agricultores y comerciantes, todos interesados en impulsar una economía exportadora que satisficiera plenamente sus intereses. Ello derivado, además, de la estrecha relación entre la elite económica y el estado, de tal manera que lo comprometen con el modelo que impulsaban, asociando así las políticas estatales a sus propios fines.


En esta lógica, como el comportamiento de los mercados externos resultaba incontrolable desde el interior del país, pues su regularidad en absoluto dependía de lo que pudieran hacer los productores chilenos, aumentar la producción agrícola y, más aun, transformar las estructuras de producción en el campo, a través de la incorporación económica de las tierras del sur representaban soluciones claramente manejables por los grupos dirigentes. Ello debido a que la agricultura tradicional chilena, del valle central, no obstante haber elevado su producción a niveles nunca antes alcanzados, en su expansión productiva continuaba siendo fundamentalmente extensiva, por lo que precisaba incorporar nuevas tierras a la explotación agrícola, para aumentar sus niveles productivos a bajo costo. La inmigración colonizadora que incorporaría a la producción tierras, hasta entonces, casi completamente vírgenes, representaba así, la posibilidad por la elite de fortalecer la capacidad productiva y exportadora de una economía tradicionalmente agraria.


Tales imperativos marcaran el inicio de la expansión, de la frontera agrícola, cuando hacia 1850 llegue el primer grupo de colonos alemanes al sur del país los que, progresivamente, irán estableciéndose en Valdivia, Osorno y Llanquihue. Poco después, comenzó la colonización de Magallanes, quedando solamente por ocupar los territorios de la Araucanía a la que estrechaban por el norte y por el sur. Su proyectada ocupación se encontraba, también, en la lógica expansiva de la agricultura chilena.


Con todo, es preciso dejar establecido que el proyecto colonizador al fundarse en una verdadera ideología inmigratoria conllevaba ciertos presupuestos convertidos a la de la realidad.


En primer lugar, proyectaba realizarse en territorios sobre los cuales no se poseía ninguna soberanía efectiva, esto es, desde el rio Biobío hasta el seno del Reloncaví. Al respecto, la concepción etnocentrica de los grupos dirigentes concibió al pueblo indígena como sumido en un “estado de incivilidad” que justificaba el desconocimiento de soberanía alguna y por tanto el otorgamiento del carácter fiscal de sus territorios. Era necesario procurar la dominación de las tierras al sur del Biobío, para ir complementando la unidad territorial de una república orgullosa que debía manifestar claramente su soberanía en todo el espacio geográfico que le correspondía.


Del anterior argumento surge un segundo presupuesto controversial en el discurso colonizador, derivado del inconformismo social ante las nulas cualidades del elemento social que habitaba estas regiones. La propia conceptualización de estos territorios como “desocupados” o “vacios” implicaba, de hecho, desconocer un antecedente muy evidente en la realidad: en rigor estaban poblados, solo que sus habitantes eran juzgados como poco adecuados como pocos adecuados para los objetivos del proyecto colonizador. Para la mentalidad de la época resultaba un lastre la existencia de tierras ocupadas por “barbaros” y era una tarea de civilización y progreso realizar su sometimiento y transformar sus costumbres. Complementaban este inconformismo social tres grandes configuraciones míticas: una carencia desconcertante de brazos para la “industria” y la producción agrícola; la incapacidad del elemento nacional y del indígena para el trabajo organizado y, por último, la virtuosidad del elemento europeo.


Finalmente la pretendida modernización de la agricultura decimonónica que perseguía la inmigración colonizadora a través de las realizaciones como la reorganización de la propiedad rural en medianas extensiones y la transformación de la estructura de producción agrícola al estilo de los empresarios policultores, dejaban intacta la estructura agraria del valle central, es decir, las propiedades de la aristocracia terrateniente. Se estaba de acuerdo en la necesidad de modernizar nuestra agricultura, para ellos debía implementarse en los territorios susceptibles de colonización, los que mediante el influjo progresista del colonizador europeo irradiarían lo beneficios deseados que impulsarían a la agricultura tradicional chilena.


Al tratarse de un proyecto compartido por lo grupos liberales urbanos y la aristocracia terrateniente, y no concebido y ejecutado por un grupo social que ostentara las características de una burguesía moderna, como señala Cousiño, deviene en que la aspiración modernizadora de la agricultura se transforma, mas bien, en un proyecto de conservación, que deja inalterada la preponderancia de la hacienda como núcleo productivo fundamental de la agricultura decimonónica. Incentivados por las demandas internacionales de productos agrícolas, los grupos respondieron a ella no tanto a través de una modernización de las estructuras productivas agrícolas, sino mediante la expansión de la frontera agrícola. Ello en directo detrimento de las tierras poseídas por las comunidades indígenas.


De esta manera se configuro el contenido argumentativo que fundamento la colonización agrícola del sur. Debe entenderse, como hemos señalado, en el contexto de un proyecto modernizador elaborado por los grupos dirigentes, a partir de concepciones liberales-positivistas, donde la influencia cultural de los inmigrantes adquiere una gran relevancia en cuanto que todos sus aportes culturales se organizan y procesan en función de nuevos códigos, coherentes con una formación social capitalista. Como señala un conocido historiador, los inmigrantes incorporan el “espíritu capitalista”, la importación de agricultores que conllevaran formas organizativas e ideológicas progresistas representaba, en definitiva, las bases de la futura transformación de la agricultura chilena.

[1] José Victorino Lastarria, la América, imprenta de Eug. Vanderhaegen, Gante, 1867, p.91.

Thursday, February 18, 2010

DERECHO POLÍTICO.


Naturaleza social del hombre.


1.   DERECHO POLÍTICO:

            “Es la disciplina que procura conocer el funcionamiento real de las instituciones jurídico políticas; y la aplicabilidad real de las normas constitucionales”

            Este derecho es interdisciplinario, se apoya en ciencias como la Sociología, Economía, Historia, Etnología, etc.

            En el siglo XVI, Fray Domingo de Soto, utilizó la expresión Ius Politicum, referida a Aristóteles y entendiendo por tal  “todo el Derecho de la Comunidad Política” (lo que es hoy día el Derecho Constitucional)

2.   NATURALEZA DEL HOMBRE:     

La naturaleza del hombre es social, gregaria. El ser humano existe siempre en relación con otros seres humanos; vivir humanamente es vivir con otros hombres “el hombre no vive sino convive; no existe sino coexiste” (Aristóteles)

Junto con esta naturaleza social, existe también una naturaleza antisocial que se expresa al aprovecharse de otros hombres, es aquí donde se encuentra el germen de su impulso antisocial.

3.   LA SOCIEDAD:

Es una forma específica de vivir del hombre. Existen dos tendencias que son a saber: La concepción Mecánica o Atomicista de la sociedad y la concepción Orgánica u Organicista.

a) Sociedad Mecanicista: “La sociedad es sólo una suma de individuos, un aglomerado de partes que permanecen distintas entre sí. Los individuos son las únicas realidades, los individuos son sustancias y, en cambio, los grupos sociales no son más que su función. Todas las especies de grupos humanos carecen entonces de realidad por ser únicamente ficciones o abstracciones”.


*Partidarios de esta concepción son:
-     Sócrates
-     Los Sofistas
-     Los Contractualistas (Hobbes, Locke, Rousseau)
-     Los pensadores de la Escuela Clásica del Derecho Natural.
Esta concepción mecanicista expresa ideas básicas de individualismo y libertad y se corresponde con los principios de la democracia individual.

b) Sociedad Organicista: “La sociedad es una unidad originaria con la que los individuos mantienen la relación de miembros; y, por lo tanto, sólo pueden ser comprendidos partiendo de la naturaleza del todo”.

*Partidarios de esta concepción son:
-     Platón, Aristóteles
-     Hegel, Comte, Spencer, Schafle, Worms, Lilienfeld, Hacckel,...

El organicismo expresa ideas de sociabilidad y tiende a conjugarse con las ideas totalitarias.

Suele exponerse con un enfoque biológico y un enfoque espiritista del organicismo:

-     Enfoque biológico: Consideran a la sociedad como un organismo igual al de los animales, la base de la vida social no es sicológica sino biológica, o sea, la implementación de varias partes que cumplan distintas funciones y que con su acción combinada contribuyen a mantener la vida del todo.
-     Enfoque espiritista: Consideran que la sociedad presenta una unidad o personalidad moral con voluntad propia y que es éticamente la más valiosa. El grupo social tendrá un alma independiente de los individuos que la componen, una conciencia colectiva y una voluntad independiente superior a la voluntad individual.

c)     i) Analogías de Del Vecchio.

Estas apoyan la concepción organicista:

1.- La sociedad tiene vida independiente de los elementos singulares que la componen; los individuos pasan, se suceden; en cambio la sociedad permanece y conserva su forma. La sociedad nace, se desarrolla y muere, de un modo propio siguiendo una trayectoria propia.

2.- Entre los individuos que componen la sociedad existen relaciones necesarias por las cuales todo individuo experimenta el efecto de su pertenencia al todo.

 ii) Posición de Spencer.

Da dos diferencias entre una sociedad y un organismo:

1.- La sociedad no es un todo compacto, sus partes no tienen un lugar o sitio fijo como en los organismos, sino que gozan de una cierta movilidad. La sociedad es un todo discreto, mientras que un organismo es un todo concreto.

2.- En un organismo existe un fin único a saber: La vida del todo y las partes no tienen valor sino en cuanto concurren a mantener la vida del todo y no viven sino por ésta. La sociedad en cambio sirve al bien de los individuos y es una condición necesaria para la vida de éstos. Todo individuo no es solamente un medio, sino que también es un fin en sí, tiene un valor absoluto.

4.   SOCIEDAD HUMANA Y SOCIEDAD ANIMAL:

Aquí se compara entre la organización de la sociedad humana y animal, que son muy similares (ya que el hombre también pertenece al reino animal), sin embargo encontramos una cualidad que nos diferencia del resto e los animales: el hombre dispone de un medio de comunicación con sus semejantes del que no ha dotado en cambio la naturaleza a otros animales: la palabra; por medio de la cual se transmiten experiencias, costumbres, etc.

5.   EL CONTRACTUALISMO:

Los contractualistas afirman que habría existido una etapa llamada “Estado de Naturaleza”, sin politicidad (estado prepolítico). Sólo con posterioridad, por obra de la voluntad y del acuerdo humano, se habría celebrado un “Pacto” o “Contrato Social”, en virtud del cual, la convivencia social queda políticamente organizada. No todos los contractualistas conciben el estado de naturaleza en los mismos términos:

A.-  HOBBES : Dice que el hombre es malo por naturaleza, “el hombre es el lobo del hombre”, hay un estado de guerra total “todos contra todos” para terminar con esta guerra el hombre firmará un Pacto Social que le dará organización política; entrega todas sus libertades a un Jefe a cambio de seguridad..
Forma de gobierno : Monarquía Absoluta
Libro                        : Leviatán

B.-   LOCKE :  El ecléctico de esta escuela. Dice que el hombre no es bueno ni malo por naturaleza; que tiene racionalidad y sentido común y que eso le sirve para no atentar contra sus propias libertades que serían el derecho a la vida, a la libertad, y a la propiedad. Dice que en el Pacto Social  el hombre debe tener un mínimo sentido material para ser libre y que el resto de las libertades debe entregarlas a un Jefe. Sin propiedad no hay libertad y por lo tanto, no hay vida.
Forma de gobierno : Monarquía Constitucional
Libro                        : 2do Tratado de Gobierno Civil

C.-   ROUSSEAU :  Dice que el hombre es bueno por naturaleza, pero el entorno histórico social inadecuado le han viciado y lo que debe hacer en esta situación de inseguridad es firmar un Pacto Social y darse organización política para suplir esos efectos de la pura organización social. En este pacto social, el hombre debe conservar todas sus libertades.
Forma de gobierno : Democracia Directa o Absoluta
Libro                        : El Contrato Social

i)       El heredero intelectual de Hegel es Marx. Marx y Engels plantean que el hombre no tiene naturaleza política. Sostienen además que la institución del Estado es un instrumento de explotación de la Burguesía hacia el Proletariado, con lo cual su tesis consiste en que el ser humano debe hacer desaparecer esta institución y de esta manera el hombre volverá a ser feliz. Proponen la Dictadura del Proletariado.

ii)      Aristóteles por su parte, piensa que la naturaleza del hombre es política. El hombre es un Zoom Politikon (animal político) esto quiere decir que el hombre no puede vivir en sociedad sin una forma de organización política, “sólo una bestia o un dios puede vivir fuera de la polis”, a las bestias no se le puede aplicar la razón, pero si la fuerza, en cambio, a los dioses se les puede aplicar la razón, pero no la fuerza, pero al hombre se le aplican ambas cosas (por la razón o la fuerza).

iii)     En el texto complementario de Leslie Lipson se exponen dos extremos impracticables de la sociedad que son: la cooperación y la competencia.


Teoría de la Institución.


DEFINICIÓN: “Son creaciones del obrar humano colectivo que, con carácter de permanencia procuran satisfacer necesidades sociales éticas”.

Son artefactos culturales, estables en el tiempo y que se recrean constantemente.

Elementos de la Institución:

a)   Estructural o formal: Está representado por la organización técnica y material de la  institución. Ej. Los textos jurídicos que la reglamentan, los edificios, muebles, máquinas, emblemas, personal, etc.
b)   Intelectual:  Son las ideas, creencias, sistemas de valores que sirven de sostén al orden de las instituciones. En el fondo, la idea a realizar. Ej. - Hospital        à  curar enfermos
- Universidad  à  enseñanza

6.      INSTITUCIÓN Y CAMBIO SOCIAL:

Las instituciones nacen para satisfacer necesidades sociales éticas, cuando esto se produce, se consigue la estabilidad social, esto permite el progreso social, el progreso social genera el cambio social. La institución es la palanca que gatilla este cambio social siempre y cuando se resuelvan los problemas en forma eficaz, eficiente y oportuna. El cambio social va  a generar nuevas necesidades sociales. Para satisfacer esas necesidades sociales las instituciones deben ir adecuándose, deben ir progresando en su tiempo justo, no deben atrasarse ni adelantarse.

De acuerdo a su objeto las instituciones pueden ser de diversos tipos, nosotros veremos dos:

A.- Instituciones jurídicas:  “Son aquellas que tienen existencia en el mundo del derecho, creadas por normas, y los comportamientos adecuados a ellas, que tienden a realizar un principio de justicia”.

B.- Instituciones Políticas:
·   Según Duverger: Son aquellas que se refieren al PODER de Estado. El poder en cuanto a su organización, a su evolución, a su ejercicio, a su legitimidad.
·   Según Lowenstein: Son el aparato a través del cual se ejerce el Poder de una sociedad organizada como Estado y las instituciones son, por lo tanto, todos los elementos componentes de la maquinaria estatal.

7.   EL OBJETO DE LAS INSTITUCIONES POLÍTICAS:

Su objetivo es normalizar tanto la lucha por el Poder como las condiciones de su ejercicio, por medio de lo que podría denominarse una reglamentación del mando, por ej. El Estado, El Parlamento, La Constitución.

8.   INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS:

a)      De Derecho Público: Son aquellas que conciernen a todos los miembros de la comunidad. Ej: Derecho Penal
b)      De Derecho Privado:   Son aquellas que conciernen a los intereses particulares convencionales de dos o más personas o individuos.

9.   LA TRIPLE IDENTIDAD DE LAS INSTITUCIONES:

a) Institución Cuerpo   à    La pareja de esposos.
b) Institución Órgano   à    El marido en su rol de administrador de la sociedad conyugal.
c) Institución Norma à  El conjunto de preceptos que regulan las relaciones de los cónyuges.


Teoría del Estado.


10. LA POLIS GRIEGA:

Surge como una fortaleza militar para defenderse de los bárbaros, su organización es militar, su territorio es reducido (10x20 Km.) Se divide el Poder del estado entre todos los ciudadanos que son aproximadamente el 10% de los habitantes de la Polis. Lo que ellos hacen es una forma de democracia.

Características de la Polis:
-     Estrechez de dimensiones
-     La polis es humanista
-     Naturaleza militar
-     Autarquía económica
-     Unidad religiosa
-     Centro de educación


11. CIVITAS ROMANAS (200 a.c.):

Nace como una fortaleza militar y el Poder del Estado está repartido entre todos los ciudadanos, pero con el tiempo, al ver que esto era ineficaz, los romanos pensaban que es mejor concentrar el Poder del Estado en un solo individuo: Principal, Príncipe, Aristócrata, el mejor de los mejores, éste es su principal aporte a la sociedad actual. El segundo aporte de la civitas romanas es que ellos distinguen entre Derecho Público y Derecho Privado. Al progresar las civitas envían delegaciones a otros países. Al ir bien los negocios crean cerca de ellos fortalezas militares. La figura del General se transforma en una gran institución; a las legiones se les paga y, a partir de ese hecho, se crea un ejército permanente; los generales comienzan a dar ordenes al Senado y así nace el emperador, que es un dios vivo en la tierra. Los emperadores ceden sus poderes al Papa. Con Atila se produce la expansión de los bárbaros y surge la civitas cristianas.


12. CIVITAS CRISTIANAS:

Del siglo IV al siglo XV; en este periodo va a existir una sociedad dualista, el cristianismo es el centro del Poder religioso; a la usanza de la antigua Roma se reparte el ejercicio del poder entre los estamentos que estructuran las civitas cristianas, éstos son: la nobleza, el clero y el Estado llano. Esta forma de gobierno evolucionará y surgirá de entre los reyes, un solo Rey.
En 1215, el rey Juan Sin Tierras subroga a Ricardo III Corazón de León y empieza a gobernar entre los iguales. Los caballeros lo obligan a firmar la Carta Magna en la que se compromete a aplicar la Ley como debe ser, esto aporta el Estado moderno el sentido del honor y de la lealtad.
También la civitas cristianas aportan el sentido de la igualdad entre los hombres; desde el cristianismo todos tenemos la misma alma, un noble se sentía igual que un siervo, espiritualmente.


13. TERMINO DE LA EDAD MEDIA (S. XVI):

Debido a los grandes viajes y grandes descubrimientos geográficos que se producen, comienza el Renacimiento. En este periodo nace el famoso florentino Nicolás Maquiavello, que en su libro “EL PRÍNCIPE”, establece el sistema político y las diferentes formas de gobernar que se dan entre el gobernante y los gobernados, Maquiavello es el primero que introduce el término ESTADO en el léxico del mundo civilizado. Maquiavello clasifica las formas de gobiernos en dos: REPUBLICAS Y PRINCIPADOS.


14. CLASIFICACIÓN DE GOBIERNO SEGÚN ARISTÓTELES:

Aristóteles es el primero en clasificar las formas de gobierno, a saber:

i)    Formas Puras    :  Se caracterizan porque construyen el bien común.
ii)   Formas Impuras:  Se caracterizan porque construyen sólo el bien del gobernante.
Tanto las formas puras como las impuras son tres:

FORMAS PURAS:

- Monarquía (autocracia)
- Aristocracia
- Democracia

FORMAS IMPURAS:

-  Tiranía
-  Oligarquía
-  Demagogia

15. TEORÍA CÍCLICA DEL PODER DEL ESTADO:

Esta teoría dice que la Monarquía inevitablemente va a derivar en una Tiranía, que la Tiranía va a llevar a la Aristocracia, la Aristocracia va a caer en la Oligarquía, la Oligarquía va a derivar en una Democracia. La Democracia se va a transformar en una demagogia y que después la Demagogia se va a volver a la Monarquía y así continuaría el ciclo.

16. CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO MODERNO:

a)               Instauración del Estado.
b)               Término del Dualismo.
c)               Unidad política.


17. DIVERSAS CAUSAS QUE ORIGINAN EL ESTADO:

a)   Descubrimientos geográficos
b)   Desarrollo científico y tecnológico del renacimiento.

-     Estas causas producen cambios en la organización social, se establece la burocratización del Estado.
-     Se establece un ejército permanente y como consecuencia la regularidad del gobierno no financiero del Estado.


18. DEFINICIONES DE ESTADO:

David Easton dice que no hay una sola definición para Estado sino diversas. Pocas veces los hombres han estado tan marcadamente en desacuerdo acerca de un vocablo.
Algunas de estas definiciones son:

a)   Estado es la representación del espíritu moral, su expresión concreta.
b)   Estado sería el instrumento de explotación usado por unas clases contra otras.
c)   Otro autor define Estado simplemente como un aspecto de la sociedad, que se distingue de ésta sólo en forma analítica.
d)   Otro define simplemente como un sinónimo de gobierno.
e)   Otro plantea que el Estado es una asociación aislada y única entre un número considerable de otras asociaciones.

ESTADO PARA JELLINEK:

Es una agrupación social, a la que más tarde se le suma el Derecho. Este autor da dos conceptos de Estado:

a)   Estado Sociológico: “Es la unidad de asociación dotada originariamente de Poder de dominación y formada por hombres asentados en un territorio”.
b)   Estado Jurídico: “Es la corporación formada por un Pueblo dotada de un poder de mando originario y asentada en un territorio determinado”.

Existe una evidente similitud entre el concepto social y el jurídico, pero la diferencia radica en que mientras el concepto social considera al Estado como asociación de personas, en la definición jurídica, en vez de hablar de asociación natural, utiliza el término corporación, que es eminentemente jurídico.

reflexión de jellinek:

La unidad de asociación se refiere a que el hombre cuando se organiza socialmente va creando instituciones y que por necesidad la primera de ellas es la familia.


19. ESTADO JURÍDICO CHILENO:

Es la vinculación e interacción entre nosotros en relación a la constitución política. Todo el ordenamiento jurídico está subordinado a la constitución.


20. DIVERSOS CONCEPTOS DE ESTADO:

HERNÁN HELLER: Es una estructura de dominio duraderamente renovada a  través de su obrar común actualizado, representativamente y que, ordena en última instancia los actos sociales sobre un determinado territorio.
El género próximo del estado es la organización. La diferencia específica, con respecto a todas las demás organizaciones, es su calidad de dominación territorial soberana.

KELSEN: Es la totalidad del orden jurídico, en cuanto constituyen sistema, o sea, una unidad cuyas partes son interdependientes, que descansan en una norma hipotética fundamental.

BURDEAU: Es el titular abstracto y permanente del Poder, del que los gobernantes sólo son agentes esencialmente pasajeros. El Estado es el soporte del Poder, independientemente de las personalidades gobernantes y nace cuando surge la idea de una posible disociación entre el Poder y el individuo que lo ejerce.

21. ELEMENTOS O CONDICIONES DE EXISTENCIA DEL ESTADO:

c)   El Grupo Humano
d)   El Territorio
e)   El Poder
f)   El Fin o Fines del Estado (sólo para algunos autores)


A.- EL GRUPO HUMANO:

Es el conjunto de seres humanos que coexisten, que viven juntos y en los problemas más críticos de su vida desarrollan sus condiciones más extraordinarias, permanentemente hacen historia.

EN EL GRUPO HUMANO HAY TRES IDEAS FUNDAMENTALES:

a)   Debe ser autárquico: no importa su número, lo que importa es que sea capaz de autoabastecerse.
b)   Pueblo - Población.
Pueblo: Es el conjunto de hombres y mujeres titulares de derecho y obligaciones civiles y políticas (Cuerpo Electoral)
Población: Es el conjunto de hombres y mujeres titulares de derechos y obligaciones civiles.
c)   Nación: Nacionalidad. Es un invento cultural del Renacimiento, que en forma incipiente comienza a configurarse recién en el siglo XVI y tiene su culminación en la revolución Francesa en el año 1789. Después de la Revolución francesa, todo pasa a ser de carácter nacional como la bandera, el día nacional, el himno, escudo, etc.

PENSAMIENTO DE LA ESCUELA FRANCESA SOBRE LA NACIONALIDAD

Cuatro son los factores que conforman una nacionalidad:

1.   La Lengua
2.   La Raza
3.   La Cultura
4.   La Religión

PENSAMIENTO DE HITLER

Para Hitler, lo determinante es la raza porque según su pensamiento, existe en la tierra sólo una raza pura, esta es la aria.


Contrargumentación:

Giorgio del Vecchio señala que Hitler se equivoca en su planteamiento, puesto que no hay razas puras. Esto se debe:
-     A las guerras, las adopciones, las migraciones
-     Y aunque hubiere una raza pura, igualmente este razonamiento es equívoco, puesto que no se pueden aplicar las leyes científicas del campo de las ciencias sociales en el campo de las ciencias naturales y viceversa.

RELACIÓN ENTRE NACIÓN Y ESTADO

Tradicionalmente se dice que el estado es la nación políticamente organizada, es el ordenamiento de la nación. Esto ya está superado, pues la nación no tiene nada que ver con Estado.
Al respecto:
Estado: (artefacto-institución) El Estado se funda sólo en el vínculo político, el cual puede existir aunque falten otros vínculos sociales.
Nación: (dice relación con el Grupo Humano) La nación consta de elementos naturales los cuales se pueden también mantener fuera de la unidad política. No obstante, dentro del contexto antiguo, toda nación tiende a constituirse en Estado.


B.- EL TERRITORIO:

“Es el lugar físico, suelo físico, donde el Grupo Humano se desplaza, convive, coexiste, donde obtiene sus alimentos vitales, donde edifica su albergue, donde finalmente entierra a sus muertos, etc..., sin una tierra, sin un cementerio, no existe Estado.

Este espacio geográfico se clasifica en:

1-   Suelo
2-   Subsuelo
3-   Espacio Marítimo:
-     Mar Territorial
-     Zona Contigua
-     Zona Económica
-     Plataforma Continental
4-   Espacio Aéreo

EL SUELO: “Es el Territorio firme del Estado, se encuentra encerrado dentro de unas líneas que se llaman límites o fronteras”. Estas fronteras se determinan generalmente por tratados internacionales.
EL SUBSUELO: “Comprende una figura cónica que va desde los límites del suelo hasta el centro de la tierra (punto en que se unen todos los límites el mundo)”. Allí se aplica el DERECHO REGALIANO que es el que permite asignar propiedad para los efectos comerciales de las sustancias minerales ( Petróleo, oro, plata, hierro) En el fondo, son concesiones.
ESPACIO MARÍTIMO: “Es la prolongación del suelo hacia el espacio líquido que colinda con el territorio, con el suelo y con el subsuelo. Se puede dividir en:
-     Mar Territorial: Que son las 12 millas marinas contadas desde las bajas mareas. Aquí el estado ejerce plena soberanía, con una limitación y es que está obligado a permitir el paso inocente de naves comerciales (libre navegación), mientras esto no perjudique la paz, el orden y la seguridad nacional del Estado ribereño siempre y cuando la nave no se detenga. Esta soberanía se extiende sobre el espacio aéreo situado sobre el mar territorial y sobre el lecho y subsuelo de ese mar.
-     Zona Contigua: Es el mar adyacente 12 millas marinas del mar territorial (total 24 millas marinas), en donde el Estado ribereño adopta medidas de fiscalización.
-     Zona Económica: Es la zona exclusiva o mar patrimonial donde se pueden explotar recursos vivos y no vivos. (200 millas marinas).
-     Plataforma Continental: Comprende el lecho y subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá del Mar Territorial y a todo lo largo de la prolongación natural hasta el borde exterior del margen continental.
ESPACIO AÉREO: “Es el espacio gaseoso que existe sobre el suelo y sobre el espacio marítimo y que comprende toda la atmósfera”.
Existen tres teorías para fijar el espacio aéreo:
1a   Sostiene que todo el espacio aéreo es nacional del Estado al que pertenece.
2a  Sostiene a comienzos de la aviación (año 1904-1906) con los Hnos. Rait) que todo el espacio aéreo es internacional, es decir, de libre navegación. Hoy esta teoría no es aceptada por ningún Estado ni por Naciones Unidas.
3a   Sostiene que el espacio aéreo es nacional hasta un punto determinado a fijar y lo demás es internacional.

TEORÍAS JURÍDICAS QUE VINCULAN AL ESTADO CON SU TERRITORIO

1ra Teoría del Territorio Objeto: Tiene vigencia en la Edad Media. Esta teoría estima que el Territorio es el objeto material del Estado; es el elemento sobre el cual el Estado ejerce su “dominium”, de esta manera semejante a la acción del propietario sobre un predio.
Esta teoría no tiene vigencia hoy porque no se puede aceptar desde un punto de vista doctrinario, doble propiedad sobre un mismo territorio. Jellinek acepta esta teoría siempre y cuando lo que se ejerza no sea dominio sino imperio. El imperio no es problema de tipo patrimonial económico, sino que el estado va a poder imperar, sobre los ciudadanos, en la aplicación del Ordenamiento Jurídico.

2da Teoría del Territorio Sujeto: Esta teoría considera que el territorio del Estado como elemento esencial de la personalidad del mismo, o sea el elemento subjetivo del Estado. Este territorio forma parte del Estado en su calidad de sujeto.
-     CARRE DE MALBERG sostiene que el Territorio no es un objeto situado fuera de la personalidad jurídica del estado sino que “es un elemento de su ser y no de su haber, un elemento de su misma personalidad y en este sentido aparece como parte integrante de la persona del Estado. En ausencia de un Territorio el estado no puede formarse. El Territorio es una condición de existencia del Estado.
-     DUGUIT Expresa que el Estado como titular de la potencia política, no puede existir sin que haya un Territorio exclusivamente afecto a la colectividad que le sirve de soporte. “El Estado, que posee la potencia política, no puede ejercerla sino con la condición de que haya un Territorio exclusivamente afecto a su ejercicio.

3ra Teoría del Territorio Límite de Competencia: KELSEN fue uno de los principales expositores. Si el estado produce el Derecho es para que se cumpla dentro de su Territorio. El Territorio es el ámbito especial de aplicación de las normas y preceptos emanados del estado. El Territorio es el espacio donde se deben realizar ciertos hechos, no el espacio en que de hecho se realizan.

            En las tres teorías el vínculo jurídico es la relación jurídica existente entre el Estado como institución y el Territorio. El Territorio es uno de los elementos o condiciones de existencia del Estado.

LA GEOPOLÍTICA

Implica la gravitación que el Territorio tiene sobre la vida del estado; estudia la importancia de los factores geográficos respecto de la estructura y la actuación del Estado.
La geopolítica estudia la influencia de los factores geográficos en la política, en un sentido dice que para construir un Estado Nación sino que sólo será un protectorado.
En los años 50, al interior de la geopolítica se empiezan a dar cuenta de la preparación del grupo humano. También es fundamental para construir un Estado Nación, la inteligencia, la capacidad es fundamental en materia de defensa y seguridad nacional, por lo que la educación es fundamental.


C.- EL PODER:

Definición de Burdeau:

“Fuerza al servicio de una idea
Nacida de la voluntad social preponderante
Destinada a conducir al Grupo hacia un orden social que se estima benéfico
Y llegado el caso, capaz de imponer a los miembros los comportamientos que esta búsqueda impone.”

CARACTERÍSTICAS DEL PODER

1.- SOBERANO: La soberanía es el carácter supremo de un Poder; supremo en el sentido de que dicho Poder no admite a ningún otro, ni por encima de él, ni en concurrencia con él.
La soberanía del Estado presenta como elementos distintivos:
-Supremacía: En tanto no hay otro grupo humano, entre la Población del Estado, de mayor jerarquía; o sea, el Estado no debe obedecer a nadie ni a nadie rendir cuenta de las propias decisiones ni de los propios actos.
-Dominación: El Estado debe ser obedecido por toda la población que habita su Territorio.
-     Calidad de Independencia: No hay otro grupo humano extraño a la Población, al que el Estado deba rendir cuenta.
2.- TEMPORAL: El Poder Temporal se preocupa de los asuntos y negocios que conciernen a la vida humana en el “tiempo” además se preocupa de la intelectualidad. El Poder del Estado no tiene carácter espiritual, religiosa ni privada a diferencia de la Edad Media.
3.- TITULAR MONOPÓLICO DEL EJERCICIO LEGÍTIMO DE LAS FUERZAS FÍSICAS
4.- INSTITUCIONALIZADO: Esto significa que el Estado es el titular del Poder, o sea, la institución llamada Estado y, en consecuencia, los gobernantes son meros agentes transitorios del ejercicio del Poder.

ETAPAS DEL PODER DEL ESTADO SEGÚN BURDEAU

1.- ETAPA DEL PODER ANÓNIMO: El Poder del Estado no está radicado en ninguno de los miembros de la sociedad, es anónimo, está difundido entre todos los individuos por así decir. Así, el Poder emana del conjunto de creencias, superticiones o costumbres y simultáneamente, nace la obediencia, la que toma forma del conformismo
2.- ETAPA DEL PODER INDIVIDUALIZADO: El avance de la sociedad hace que el Poder se radique en un individuo dotado de inteligencia y capacidad llamado Jefe.
3.- ETAPA DEL PODER INSTITUCIONALIZADO: Es la operación jurídica por la cual el poder político es transferido de la persona de los gobernantes a una persona abstracta. El Estado. Los gobernantes son meros agentes del Poder.

ETAPAS DEL PODER SEGÚN DUVERGER

4.- ETAPA DEL PODER PERSONALIZADO: Es la que estaríamos viviendo hoy; cuando se cree erróneamente que la persona del gobernante es el titular del Poder y no El Estado. Se llama etapa del poder personalizado por la persona del gobernante.
El gobernante sabe que es un simple detentador del Poder estatal, pero se comporta en el ejercicio del mismo como si realmente fuera el Poder. El mayor factor que hace emerger esta fenómeno en la sociedad es, por sicología de masas, es que las personas prefieren obedecer al individuo y no su título.

ESTADO Y DERECHO
El Estado mantiene íntima relación con el Derecho, podría decirse que existe una relación recíproca entre ambos sistemas.
-     El Estado ejerce influencia en la formación y aplicación de las reglas jurídicas
-     A su vez, el Derecho limita la actividad del Estado.

HAY DOS IDEAS DE FUERZA:

1.- ENFOQUE DEL DERECHO NATURAL: Primero hay que aclarar que dentro de la Escuela del Derecho Natural, hay gente creyente y no creyente.
El enfoque del Derecho Natural apunta a la naturaleza misma del hombre, a lo que el hombre es naturalmente y, en consecuencia dicen: “El hombre en forma natural no atenta contra su origen”, esto vendría antes de cualquier ordenamiento imaginado por el hombre y antes de la primera fundación del Estado.
2.- ENFOQUE POSITIVISTA: Los positivistas sostienen con KELSEN a la cabeza que el Derecho no es sino lo que el hombre quiere que sea, lo que la expresión cultural del hombre de la época quiere que sea.


D.- FIN O FINES DEL ESTADO:

El Fin del Estado es “el bien común”

DEFINICIONES DE BIEN COMÚN

Aristotélico-Tomista: “Es el conjunto de condiciones sociales que hacen posible y favorecen en los seres humano el desarrollo integral de sus personas”.
Padre Francisco de Suárez (Jesuita): “Un estatus en el cual los hombres viven en un orden de paz y de justicia, con bienes suficientes para la conservación y desarrollo de la vida material, con la propiedad necesaria para la preservación de la paz externa, la felicidad del cuerpo político y la conservación continua de la naturaleza humana”.
Constitución Política de 1980 Art. 1°: El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común. Debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto de los derechos y garantías que esta Constitución establece.

ELEMENTOS QUE COMPRENDE EL BIEN COMÚN
a)   La Paz
b)   La Justicia
c)   El Bienestar

PODEMOS DISTINGUIR ENTRE:

Fin Objetivo del Estado: Es el propio de cada Estado, esto es la construcción, consolidación y perfeccionamiento de la comunidad política.
Fines Subjetivos del Estado: Que son los fines históricos y cronológicos que a cada Estado le corresponde enfrentar.

EN RELACIÓN A LOS FINES SUBJETIVOS TENEMOS TRES DOCTRINAS:

Doctrina Individualista: La colectividad debe estar organizada, de modo que permita y asegure el ejercicio de los derechos inherentes a la personalidad humana. La vida, la libertad. En lo material que garantice la propiedad privada con sus complementos inseparables. La libre iniciativa y la empresa privada.
El Estado se limita a supervigilar y garantizar el desenvolvimiento  de aquellas relaciones. El individuo es el instrumento protagónico. La sociedad le sirve, el Estado lo protege.
Doctrinas Socialistas: Aspiran a una justicia social con control del orden económico por parte del Estado y a una sociedad donde las clases sociales cooperen o colaboren mutuamente o directamente existan..
El Estado pasa a cumplir funciones reguladoras del orden no sólo en lo jurídico sino en lo social y principalmente en lo económico. Si es necesario, debe competir con el individuo en este campo para mantener el equilibrio colectivo. La propiedad no sólo otorga derechos a su titular, sino que también le impone deberes.
En estas concepciones, la sociedad ocupa el primer plano, el individuo y el Estado le sirven, cumpliendo funciones coadyuvantes (de contribución y ayuda).
Doctrinas Transpersonales: Postulan que el hombre sólo puede alcanzar su realización plena en cuanto se subordina a otra realidad superior. Ej. El Pueblo, La Nación, El Estado. La totalidad de la vida colectiva gira en torno al desarrollo de esa entidad superior.
Como dice Bidart: “el hombre queda denigrado y convertido en una herramienta del Estado. No es el Estado para el hombre, sino el hombre para el Estado”.


22. FORMAS DE ESTADO:

La forma de Estado tiende fundamentalmente a la estructura del Poder, el Estado es titular.
La forma de gobierno, en cambio, concierne al ejercicio del Poder, atiende a como se ejerce el Poder y como son designados los gobernantes.
Sólo de esta manera puede explicarse que Estados de una estructura semejante estén regidos por formas de gobierno diferentes. La idea es que a diversas formas de Estado se pueden dar iguales formas de gobierno.

FORMAS DE ESTADO                                   FORMAS DE GOBIERNO

- Estado Unitario (Chile)                                   - Presidencial (USA)
- Estado Federal (USA)                                     - Presidencialista (América Latina)
                                                                           - Parlamentaria (Inglaterra)
                                                                           - Directorial o de Asamblea (Suiza)
                                                                           - Semipresidencial (Francia)

23. ESTADO UNITARIO:

-     Su característica principal es que tiene un solo centro de impulsión política
-     El poder estatal se ejerce sobre todo el grupo humano que habita el Estado
-     Las decisiones políticas obligan por igual a todos los gobernados
-     Su organización política abarca todo el territorio estatal y rige para todo su ámbito, sin considerar las diferencias locales o regionales que pudieran existir. Por tanto, es aquél en que el Poder conserva una unidad en cuanto a su estructura, al elemento humano y al territorio sobre el cual recae.

En este tipo de Estado es la forma en que se realiza del modo más perfecto la idea de Estado, porque un Pueblo es organizado sobre un único territorio y bajo un solo Poder. El desarrollo científico y tecnológico han hecho de esta forma de Estado en un cierto sentido ineficaz.


24. LA CENTRALIZACIÓN:

Se produce cuando el Poder Público se convierte en un centro unificador de todas las funciones y las ejerce en una congestión de la autoridad pública. El Poder político, está centralizado cuando la autoridad que rige el estado monopoliza el Poder de mando y el ejercicio de las funciones que caracterizan a la potestad pública.
El Estado Unitario centralizado constituye una organización piramidal; las órdenes descienden desde la cúspide (la capital del estado) a la base (los últimos villorrios), del mismo modo que los recursos humanos, económicos y naturales de los niveles locales y provinciales se remontan desde la base hasta la cúspide.
Las colectividades inferiores no poseen órganos propios ni poder de decisión. Este grado de Centralización no existe en el mundo contemporáneo. Frente a las imperancias de la centralización han surgido dos correctivos. La desconcentración y descentralización:

La desconcentración: Consiste en delegar el órgano central del Poder en funcionarios subalternos, manteniéndose en el centro la personalidad jurídica del órgano y del patrimonio.
El centro toma sólo una parte de las decisiones.
Los agentes locales del Poder central tienen competencia para adoptar ciertas decisiones sobre determinados asuntos respecto de los cuales no están sometidos al Poder central, entendiéndose sí, que en cuanto órganos como tal permanecen jerárquicamente subordinados.
La desconcentración no crea agentes independientes, sólo desplaza el centro de poder de decisión. Se hace por decreto y el órgano central conserva la personalidad jurídica y el patrimonio. Ej: S.I.I.

La Descentralización: Es la distribución del poder. Descentralizar quiere decir separar del centro, considerándose como lo contrario de centralizar que es unir el centro.
Los organismos descentralizados se caracterizan porque no están subordinados jerárquicamente a ningún otro órgano administrativo sino que reciben sus atribuciones directamente de la Ley que los crea ( se hace por ley). El poder legislativo hace la descentralización
La descentralización implica siempre una distribución de la actividad del Estado que se manifiesta como distribución del Poder o como distribución de funciones.
-     Distribución del Poder      à Descentralización política            à Estado Federal
-     Distribución de funciones à Descentralización administrativa.

a) Descentralización Política: Es la distribución del Poder. Cuando se hace descentralización política (buscando eficiencia naturalmente), se pone fin a la forma de Estado Unitario y comienza de inmediato a fundarse un Estado federal. Consiste en fraccionar el Poder central, el ente tiene Poder de facultad para generar las normas que han de regir su actividad . El Poder político se distribuye en varios territorios que lo ejercen en forma autónoma.

b) Descentralización Administrativa: Es la creación por Ley de la República de un organismo autónomo del Poder central, con personalidad jurídica propia diferente de la personalidad jurídica del Estado y con patrimonio propio. El control que ejerce el Poder central sobre este organismo descentralizado administrativamente es a posteriori, nunca a priori.
La descentralización administrativa puede ser:
Con base territorial: Que es igual a la municipalidad, se le otorga una jurisdicción territorial precisa, la comuna. No tiene competencia para dictar normas que rigen su actividad.
Sin base territorial: No se le asigna un territorio determinado sino que va a ser todo el territorio del país del Estado. Ej. SNS, ENAMI; actúan sobre todo el territorio nacional.


25. REGIONALIZACIÓN:

Jurídicamente la regionalización se considera como una forma de descentralización con asiento territorial que puede ser indistintamente de carácter político o administrativo.

REGIONALIZACIÓN EN CHILE: Parte en el año 1974 con dos Decretos Ley: Junio y Julio de 1974; el gobierno militar es el que concreta la regionalización, aunque ésta ya venía de mucho tiempo atrás.
El gobierno de Aylwin reforma esa regionalización  con la orgánica de gobiernos regionales.
           
Regionalización en Chile à Descentralización con base territorial

26. PROPÓSITOS DE LA REGIONALIZACIÓN:

g)   Aprovechar al máximo nuestro territorio y sus recursos naturales
h)   Redistribuir racionalmente al grupo humano dentro del territorio nacional
i)    La seguridad nacional
j)    Una participación real de la población en la toma de decisiones de su propio destino

REGIÓN AUTÓNOMA: Es la descentralización política que no alcanza a transformar un Estado Unitario en Estado Federal. Ej.: España à Cataluña, Galicia..

27. ESTADO FEDERAL:

Nace con la suscripción o dictación de una Constitución Política Federal en la que se establecen diversos centros de impulsión política. Dentro del territorio federal, cada uno de estos centros de impulsión política va a constituir un Estado Local o miembro del Estado Federal. En América, de norte a sur, los estados federales son: Canadá, Estados Unidos, México, Venezuela, Brasil y Argentina.

28. CAUSAS DE LA FORMACIÓN DE UN ESTADO FEDERAL:

  Pueden ser razones de territorios extensos.
  Pueden ser causas de un enemigo externo común a ellos.
  Por agrupaciones étnicas; diversas etnias no homogéneas (lenguas y costumbres distintas), estos grupos al asociarse en un Estado Federal al momento de firmar la Constitución Política Federal se reservan algunos estatutos jurídicos propios de su etnia, de su cultura. Ej. Canadá.
  En Estados Unidos nace la forma de Estado Federal con la Constitución de 1787.

29. CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES DEL ORDEN FEDERAL:

      Existe un Poder Central y poderes locales
      La Constitución Federal es el acto jurídico que les da nacimiento.
      Distribución de competencias. La competencia se va a distribuir entre la Constitución Política Federal y las constituciones políticas locales, entre el territorio federal que abarca todo el país y los territorios locales, reservándose al Estado Federal, alguna materia exclusiva, en forma monópolica. Ej.: Sistema monetario, Defensa nacional, relaciones internacionales.
      La soberanía es indivisible. Todas las atribuciones de soberanía corresponden al Estado federal, el Derecho de los estados miembros no pueden infringir el Derecho del Estado Federal. La soberanía es indivisible del Estado Central, no hay una doble soberanía, pero sí la distribución del poder estatal se da en una organización federal.
      Sistema Bicameral. En general, el pueblo queda representado bajo dos modalidades diferentes: una cámara elegida en proporción al número de habitantes -como en los Estados Unitarios- y otra elegida en forma igualitaria por cada uno de los estados miembros -exclusiva de los Estados Federales. En el caso de Estados Unidos con su Cámara de Representantes -representación proporcional- y el Senado -representación de dos senadores por cada miembro estado.
El objeto de un Estado Federal no es sólo la descentralización administrativa, sino también política.

PRINCIPIOS QUE ORIGINAN EL ESTADO FEDERAL.

a)   Principio de autonomía: Cada Estado Local o miembro conserva cierta independencia en la gestión de sus asuntos, esto se traduce en la existencia de una constitución propia, libremente establecida y modificable por cada Estado federal.
b)   Principio de participación: Los Estados federados colaboran en la formación de la decisión que tendrá validez para toda la Unión. Este principio se manifiesta en la participación de los Estados como personalidades autónomas en la formación de la voluntad federal y en las reformas de la Constitución Federal. Esta participación tiene lugar a través de una cámara compuesta de representantes de los Estados. Esta cámara recibe diversos nombres: Senado à USA; Consejo de Estado à Suiza.

TIPOS DE ESTADOS FEDERALES.

No todos los estados federales se atienen estrictamente a los caracteres clásicos y los principios de autonomía y participación no juegan de la misma manera. Algunos estados colocan el centro de gravedad en los Estados miembros y confían a éstos la mayor parte de las tareas. Otros estados, en cambio robustecen las competencias de la federación y se caracterizan por una orientación centralizadora.

30. TENDENCIA A LA DESCENTRALIZACIÓN:

Es posible observar esta tendencia por diversas razones:

a)   Ciertas emergencias como la guerra y las depresiones económicas.
b)   El intervencionismo estatal en determinados servicios.
c)   La ayuda financiera que en algunas ocasiones presta el Estado a los miembros a través de subvenciones.
d)   Los adelantos técnicos, sobre todo en materia de comunicaciones
e)   La recaudación de impuestos a favor de la federación.

31. UNIONES DE ESTADO:

No son formas de Estados sino que forman un agregado político distinto dentro de la comunidad internacional. Actualmente no existen, pero por su valor histórico, conviene mencionar que fueron tres:
a)   Unión Personal: Existen cuando las coronas de dos reinos coinciden en la persona natural de un mismo titular, conservándose su independencia total de los reinos entre sí. Ello ocurre en virtud del Derecho sucesorio.
b)   Unión Real: Existe cuando la corona de dos reinos coincide en la persona natural de un mismo titular, aquí aunque los reinos se mantienen independientes, hay tres ministerios en común:
      Ministerio de Hacienda
      Ministerio de Defensa
      Ministerio de Relaciones Exteriores
c)   La Confederación: Vinculación entre Estados, se funda sobre la base de algún Tratado Internacional, los Estados permanecen independientes entre sí. Su órgano fundamental es un Congreso o Dieta, el que está compuesto por representantes o embajadores, uno por cada Estado.
Los acuerdos que toma el Congreso afecta a los Estados, pero no así a sus ciudadanos; para que éstos sean afectados se requiere que estos acuerdos sean aprobados por los respectivos de cada Estado Confederado y que luego se publiquen por algún medio que llegue a toda la comunidad, sólo entonces los ciudadanos están obligados a cumplir lo tratado.

PARALELO ENTRE:


ESTADO FEDERAL
1-    Se funda por una Constitución Política Federal
2-    Los Estados locales no tienen derecho a secesión
3-    En la comunidad Internacional es reconocido como un solo Estado, un embajador, una bandera
4-    Los acuerdos del Estado Federal a los Estados miembros y también a los ciudadanos.
CONFEDERACIÓN
1-    Se constituye por un Tratado Internacional
2-    Los Estados Confederados si tienen d° a secesión
3-    En la Comunidad Internacional es reconocido por todos los Estados que están confederados
4-    Sólo afecta a los Estados Confederados y no a los ciudadanos.   


33. EL ESTADO Y LA COMUNIDAD INTERNACIONAL:

Estado es la forma política que inició su desarrollo durante el Renacimiento, con motivo de las grandes unificaciones nacionales. Sin embargo, los Estados no han permanecido aislados unos de otros, sino que se han relacionado permanentemente a través de interrelaciones pacíficas y también violentas como las guerras, concretándose éstas en convenciones y tratados.
Desde fines del siglo XVIII, los tratados internacionales y sobre todo ciertas convenciones que han creado alianzas o uniones administrativas, para satisfacer necesidades comunes de los Estados , han ido diseñando uniones de Estado en sentido extenso.
Jellinek dice: “Todos los Estados unidos por la comunidad del derecho Internacional forman una gran comunidad de intercambio”.
Hoy, los Estados están inmersos en un orden internacional donde no sólo existen otros Estados, sino otros sujetos de derecho internacional como las organizaciones internacionales.

34. LA SOBERANÍA Y EL ORDEN INTERNACIONAL:

Los estados son soberanos en lo interno, en la medida en que se autodeterminan sin sujeción a otro poder, en lo interno la soberanía se manifiesta como “independencia”, como el derecho a determinar su política de acción, sin admitir la intervención de otros Estados.
Bidart Campos: “Lo que no significa que el Estado pueda hacer internacionalmente lo que se le antoje, sino que  sólo internamente repele todo otro poder ajeno”.
Quiere decir que los Estados deben respetar las limitaciones provenientes del Derecho Internacional en materia internacional.


Teoría de Gobierno.


35. GOBIERNO:

Gobierno es igual al ejercicio del Poder Supremo, gobernar es ejercer el Poder. Hasta la fecha no se ha encontrado otra forma de ejercer el Poder del Estado que no sea mediante una persona natural. “El Poder del Estado para realizarse necesita de una inteligencia, de una voluntad, de una fuerza humana que lo concrete, que lo haga efectivo, que lo impulse.
El dueño del poder es la institución y los gobernantes son meros agentes del Poder. La cualidad de órganos del estado de los gobernantes procede de la Constitución y en virtud de ésta ejercen su competencia.
El gobierno ejerce funciones que son las diversas actividades desarrolladas por el Estado en el ejercicio o cumplimiento de sus fines.

36. FUNCIONES DEL PODER DEL ESTADO:

Se suele confundir la función con el órgano que la realiza. En efecto, la función justifica al órgano, pero no a la inversa.
El Poder del Estado es único e indivisible, pero sus funciones se agrupan principalmente en:
a)   Función Legislativa o normativa
b)   Función ejecutiva
c)   Función Judicial o jurisdiccional

Para establecer la debida decantación se aplican diversos criterios:
Criterio Orgánico: La función se considera según el órgano que la cumple. Ej.: es legislativa toda función cumplida por el Parlamento.
Criterio Formal: Se clasifica en función de la forma que el acto reviste. Ej.: es Ley todo acto con forma de tal.
Criterio Material: Se atiende a la sustancia o contenido de acto, sin reparar en la forma que adopta  o el órgano que la emite. Ej.: Un acto legislativo por su esencia, no por tener forma de Ley, ni por ser cumplido por el Parlamento.

37. DIVISIÓN DE PODERES DEL ESTADO:

Los principales expositores de esta doctrina fueron el inglés Locke y el francés Montesquieu:
Para LOCKE:  Dentro del Estado existen varios poderes distintos entre sí y atribuidos a órganos separados entre sí, pues la unión de poderes proporciona a su titular tal cantidad de poder que le permitiría actuar con arbitrariedad, mientras que su separación impediría que se actuara injustamente. Divide el Poder del Estado en:
      Poder Ejecutivo
      Poder Legislativo à dos ramas: administrativa y judicial.
      Poder de Prerrogativa à decisión en casos de emergencia y excepciones
      Pode Federativo à Facultado para declarar la guerra y hacer la paz

Para MONTESQUIEU: La libertad descansa principalmente en la división de poderes, atribuidos a órganos separados entre sí, pues la unión de poderes proporciona a su titular tal cantidad de poder que le permitiría actuar con arbitrariedad, mientras que su separación impediría que se actuara injustamente. Divide el Poder de Estado en:
      Poder Ejecutivo
      Poder Legislativo
      Poder Judicial

CRITICAS AL PRINCIPIO DE DIVISIÓN DE PODERES DE ESTADO.

Lowenstein: La separación de poderes es como se expresa la necesidad de distribuir y controlar efectivamente el ejercicio del Poder Político.
Para Lowenstein lo que suele designarse como separación de poderes estatales, es en realidad la distribución  de determinadas funciones estatales a diferentes órganos del Estado.
Jellinek: Está en contra de lo dicho de Montesquieu, pues señala que el fundamento de la Constitución del Estado está constituido por el reconocimiento de éste como unidad, doctrina de la indivisibilidad del Poder del Estado. Con respecto a esto dice: “Cada órgano del Estado representa dentro de sus límites el papel de éste, por lo que es imposible hablar de una división de poderes. En la variedad de sus órganos no existe por tanto, sino un solo Poder del Estado”. Además señala que ninguna Constitución se aplica estrictamente a la doctrina de división de poderes y siempre existe, en definitiva, preeminencia de algún órgano.
Kelsen: No basta que haya separación de órganos para que la libertad esté garantizada. Coincide además parcialmente en la crítica de Jellinek en cuanto que “El Poder del Estado es único e indivisible” ya que expresa la validez de un orden jurídico.
Luis Izaga: Hace una de las críticas más severas en esta doctrina, nos dice que si todo Poder es por sí despótico, lo serán cada uno de los poderes en su esfera, en lo que son independientes, en vez de un déspota tendremos que soportar a tres.

Pero al margen de todas las consideraciones anteriores, la doctrina reconoce que tanto la división de poderes del Estado y la separación de sus funciones, junto con ser aconsejables desde el punto de vista de la distribución del trabajo, contribuye igualmente a alejar el peligro del abuso de Poder

38. FUNCIONES DEL PODER DEL ESTADO:

Función del Poder Legislativo: Consiste en hacer el Derecho, la Ley. El órgano legislativo es una fábrica de leyes y el acto jurídico que de aquí sale se llama ley de la República. También están los también llamados Decretos Ley o Decretos con Fuerza de Ley, que para los efectos prácticos son lo mismo, pero no lo son en realidad.

Ley: La dicta un gobierno constitucional mediante un proceso establecido en la Constitución, y la dicta el Poder Legislativo.

Decreto con Fuerza de Ley: Surge en Europa después de la 1ra Guerra Mundial y en América Latina y el resto del mundo luego de la 2da Guerra. Son normas generales y obligatorias dictadas por el Presidente de la República previa utilización de una Ley Delegatoria de Facultades, tienen jerarquía de Ley y reconoce como límite los siguientes:
a)   Su contenido debe ser propia de ley, sin embargo la Constitución establece materias de ley en las que no puede pronunciarse, por Ej.: Nacionalidad y ciudadanías; elecciones y plebiscitos, etc.
b)   Tiene un plazo tope, que es de un año desde que entra en vigencia la Ley delegatoria de facultades.
c)   La Ley Delegatoria le fija el marco de acción, es decir, los D.F.L. no podrán ir más allá de lo autorizado por dicha Ley. Esta legislación se justifica por lo lento que no se han hecho con el correr del tiempo los poderes legislativos y las rápidas soluciones que requiere la dinámica vida actual. Por esto, principalmente, es que el Parlamento le concede al Presidente de la República esta Ley Delegatoria para que él legisle sobre una materia aprobada por ellos, así evitan la demora de las discusiones y las comisiones.

Decreto Ley: La dicta el titular del Poder Ejecutivo en un gobierno de ipso, inconstitucional, éste debe ser ratificado una vez que se ha vuelto a un Estado Constitucional.

DISTINCIÓN DE LEY SEGÚN LA DOCTRINA ALEMANA

1.- Es Ley en sentido formal si en su dictación se han cumplido todas las formalidades correspondientes y ha sido dictada por el órgano correspondiente.
2.- Es Ley en sentido material en cuanto a las materias de ley, aquí ya no interesa tanto la forma que se utilizó para su dictación sino la materia de Ley. Si la Ley lleva en sí como precepto un carácter intrínseco de ella misma, independiente del cuerpo que la promulgó.
Son característicos intrínsecas de la Ley de Generalidad (norma general), el sentido abstracto y la obligatoriedad.

ORGANIZACIÓN DEL PODER LEGISLATIVO.

Por regla general es bicameral, una Cámara baja que se llama Cámara Política (en Chile Cámara de Diputados), y una Cámara Alta, en Chile Senado, la cual no cumple una función política sino que equivale a un consejo de ancianos por su experiencia. La Cámara Política es la Cámara de la Fuerza, del cambio de las nuevas generaciones.

CÁMARA DE DIPUTADOS.

En Chile son 120 diputados, dos por cada Distrito, esto se renueva cada cuatro años.

SENADO.

En Chile son alrededor de 50, este número es variable en nuestra Constitución por el número de senadores designados y vitalicios. Los senadores se renuevan cada ocho años.

SISTEMA UNICAMERAL.

Existe una sola Cámara, es solamente política. Aunque no es la generalidad, por Ej.: Se da en Costa Rica, donde se llama Asamblea Legislativa.

39. FUNCIÓN EJECUTIVA:

Es la que sirve para ejecutar el ordenamiento jurídico, su titular es el Presidente de la República. El Presidente tiene toda una estructura de ministerios (Secretaría de Estado) por materia específica.
Hay servicios públicos que dependen de algún ministerio. Ej.:
Ministerio         à  Defensa
Serv. Público   à  Ejército; dentro de estos servicios hay también toda una estructura, Departamentos, Secciones, etc... y todos estos funcionarios están autorizados por la vía de delegación del jefe del Poder ejecutivo.

EN LA ACTIVIDAD EJECUTIVA SE DISTINGUEN DOS FUNCIONES:

(Carré de Malberg)
a)   Función de carácter administrativo: Administrar consiste en proveer por actos inmediatos e incesantes a la organización del funcionamiento de los servicios públicos. Son actos administrativos todo aquellos que no implican para los particulares ninguna modificación en su régimen jurídico. Quien ejerce esta función no altera ni en una coma el ordenamiento jurídico escrito y publicado en el diario oficial; sólo lo aplica.
b)   Función de carácter político: Aquí el presidente puede cambiar y alterar todo, sin alterar el ordenamiento jurídico. La constitución le entrega la Presidente de la República el manejo de las relaciones internacionales, sólo el presidente tiene facultades en materia de Derecho Internacional. El Presidente lleva adelante un acuerdo internacional y lo firma, este acuerdo debe pasar por una aprobación del Parlamento quien sólo puede hacer eso o rechazarlo, pero sin cambiarle ni una coma. Esta es la parte creativa del Poder Ejecutivo.


40. FUNCIÓN JURISDICCIONAL O JUDICIAL:

Esta función consiste en expresar, es decir el Derecho. Es preferible, como primera idea, hablar de jurisdiccional y no de judicial. En el fondo es preferible hablar de competencia para decir el Derecho. Esta competencia para decir el Derecho se da por varias razones.
      Porque tiene un territorio (un segmento del territorio)
      Porque sus miembros son letrados, competentes (tienen una formación)
      Porque a veces los jueces se pronuncian sin que exista ningún conflicto judicial (juicio implica siempre conflicto entre partes).

CUANDO DEBEN PRONUNCIARSE LOS JUECES

a) Siempre que haya violación de las leyes debe establecerse el Derecho perturbado, el orden jurídico, el estado de derecho para que dé seguridad, para que haya paz social y progreso.
c)   Sin existir la violación del Derecho cuando haya desacuerdo en la manera de precisar el Derecho. Ej.: la cláusula de un contrato.
d)   Sin que sobrevenga ninguna de estas causas anteriores, cuando es necesario como preliminar indispensable para proceder al ejercicio de un Derecho.

COMO SE NOMBRAN LOS JUECES

(Carré de Malberg) Existen 3 sistemas
AUTOGENERACIÓN: Los propios jueces son autónomos, con presupuestos propios y son ellos los que designan a sus sucesores.
Ventajas de este sistema: Por su competencia y experiencia ellos son los que están mejor dotados para calificar a los futuros jueces.
Desventajas de este sistema: Se crea la llamada oligarquía, partiendo de la buena fe de que los jueces que son nombrados son hombres íntegros y honorables, se daría que a iguales antecedentes en los candidatos van a tender a nombrar a sus amigos, parientes o correligionarios. Por esto este sistema no se ocupa prácticamente en ninguna parte del mundo.

ELECCIÓN POPULAR: Este sistema es proclamado en la Revolución Francesa y está puesto en práctica en diversos Estados Locales o miembros de USA.

SISTEMAS MIXTOS:
  Son nombrados por el poder Ejecutivo con consentimiento del Poder Legislativo. Son nombrados por el Poder Ejecutivo y el propio Poder Judicial.
Aquí los tribunales superiores de justicia proponen quinas o ternas de candidatos al Poder Ejecutivo para que el Presidente libremente designe.
En el caso de Chile es el Ministro de Justicia quien designa y le lleva todo absolutamente decidido al presidente quien sólo pone la firma.
  Consejo integrado por los 3 órganos del Poder. Este es un órgano de rango constitucional, equivalente a la Contraloría General de la República, al Banco central, etc. Como su nombre lo dice, está integrado por los tres poderes del Estado y son ellos los que en forma autónoma e independiente eligen, nombran y designan a los futuros jueces.
Los jueces son inamovibles e independientes. La Declaración de los Derechos Humanos del año 1948 de la ONU en su Art. 10 consideró como esencial la existencia de un tribunal independiente e imparcial del poder de turno.

41. TIPOS DE GOBIERNO:


·        Gobierno Parlamentario
·        Gobierno Presidencial
·        Gobierno Presidencialista
·        Gobierno Directorial o de Asamblea
·        Gobierno Semipresidencial

à
à
à
à
à

Inglaterra
USA
América Latina - Chile
Suiza
Francia


42. GOBIERNO PARLAMENTARIO CLÁSICO:

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Los británicos son los que inventan esta forma de ejercer el Poder del Estado.

PODER EJECUTIVO:

Es bicéfalo, tiene dos cabezas:
1)   Jefe de Estado      à  El Rey (Reina Isabel II)
2)   Jefe de Gobierno  à  Primer Ministro.

COMO SE ELIGE EL PODER EJECUTIVO.

1)   Jefe de Estado: El Rey; por Derecho Sucesorio, el hijo mayor hereda el cargo en forma vitalicia.
2)   Jefe de Gobierno: El Primer Ministro; el candidato a Primer Ministro debe tener las siguientes características:
      Debe ser común, haber sido elegido por el Pueblo como común.
      Debe ser el líder de la mayoría en la Cámara de los comunes, presidente del partido político mayoritario.
      Debe ser elegido por la Cámara de los comunes por la mayoría de los votos.

EN CUANTO A LAS RESPONSABILIDADES

Las responsabilidades en el Derecho son cuatro: Civil, Penal, Política y Administrativa
1)   El Jefe de Estado: No tiene ninguna responsabilidad, su figura es intocable. Las únicas responsabilidades que podrían aplicársele son: Una de tipo Penal por alta traición al Estado y una de tipo Administrativa en cuanto a la administración de los palacios, donde debe rendir cuentas del dinero que se le asigna para tal efecto.
2)   El Jefe de Gobierno: Tiene las cuatro responsabilidades, pues éste sí ejerce el Poder del Estado. El Primer Ministro gobierna con un Gabinete, el que tiene la confianza política del Parlamento, responde políticamente ante la Cámara de los comunes.

MEDIOS POR LOS QUE SE EJERCE LA RESPONSABILIDAD POLÍTICA

1)   Moción de Censura: Los ejerce la Cámara de los comunes contra el Primer Ministro quien tiene dos opciones:
a)   Acatar y Dirimir (se disuelve el Gabinete)
b)   Si no acata puede pedir la disolución de la Cámara (Derecho de disolución). Cuando esto sucede significa que se somete a la decisión de sufragio universal. Se está solicitando la confianza del Cuerpo Electoral.
2)   Voto de Confianza: Lo propone el Primer Ministro ante la cámara en aprobación de un proyecto de ley
a)   Su rechazo determina la caída del Gabinete
b)   Su aprobación lleva consigo la sanción del proyecto de ley y la continuidad del Gabinete. Ante el rechazo también se puede pedir el Derecho de disolución.


PODER LEGISLATIVO:

El parlamento es bicameral:

1)   Cámara Alta  à  Cámara de los Lores
2)   Cámara Baja  à Cámara de los Comunes

CÁMARA DE LOS LORES

Los Lores son de tres clases:

1)   Lores por Derecho Hereditario: Son los más importantes. El primogénito varón accede, a la muerte de su padre, el ejercicio del Poder
2)   Lores designados por el Rey: Su cargo es vitalicio pero no hereditario.
3)   Lores eclesiásticos: Máximas autoridades de la iglesia anglicana.

Esta cámara equivale a nuestro Senado, tiene aprox. 1.700 miembros, sin embargo, su Sala tiene algo de 70 asientos; esto encuentra explicación en que un Lord no se permite asistir a una sesión donde se trate un tema que él no domina.
Es un cargo renunciable, pero una vez que se ha renunciado a él, no se podrá volver a pertenecer a esta Cámara ni el que renunció, ni tampoco su descendencia.
Es la cámara revisora de lo que hace la Cámara Política.


CÁMARA DE LOS COMUNES

Ejerce verdaderamente la función legislativa.
Se compone de 650 comunes (diputados), elegidos por escrutinio mayoritario (el que obtiene más votos es elegido) y uninominal (un solo diputado por circunscripción).

43. OTROS GOBIERNOS PARLAMENTARIOS:

1)   REPÚBLICA FEDERAL ALEMANA. La Constitución Política de Bonn 1949, consagra los siguientes órganos de gobierno:
      Parlamento compuesto por dos Cámaras.
      El Presidente de la República o Jefe de Estado.
      El Canciller Federal.

2)   ITALIA. Sistema parlamentario que se ajusta muy bien al tipo clásico
      El Parlamento compuesto por: Senado, Cámara de Diputados
      Jefe de Estado     à El Presidente de la república
      Jefe de gobierno  à El Primer Ministro.


44. GOBIERNO PRESIDENCIAL AMERICANO:

Es un invento de la Revolución Americana (1776 - 1787). La división de poderes es total, cada poder es absolutamente autónomo e independiente. Implementan el proyecto intelectual de Montesquieu, en el ejercicio del Poder del Estado se controlan unos a otros.

PODER EJECUTIVO:

Lo ejerce un funcionario, una persona natural que es a la vez Jefe de Gobierno y Jefe de Estado, no se diferencia cuando es uno y otro. Este funcionario es el Presidente es elegido por un período de cuatro años, con una sola posibilidad de reelección por otro período igual.
La elección del Presidente se presenta en dos grados:
El Pueblo elige ciudadanos electores quienes 60 días después eligen conjuntamente al Presidente y al Vicepresidente, éste último es quien subroga al Presidente en caso de vacancia y es a quien corresponde presidir el Senado.
El Presidente nombra un Gabinete que es de su absoluta confianza política y puede cambiarlo cuando él quiera. El Presidente no puede dar iniciativas a proyectos de Ley en el Parlamento por lo que los ministros han creado el parlamentarismo de colores, el que consiste en una reunión de un Ministro con algunos parlamentarios sin conocimiento del presidente para comentar algunas de las inquietudes de éste para que los parlamentarios sean quienes propongan los proyectos de Ley.

PODER LEGISLATIVO:

Es un sistema bicameral:
1)   Cámara Alta à Senado: Con un total de 100 miembros (2 senadores por estado) que se eligen por seis años y se renuevan por tercios cada dos años en el momento en el que tiene lugar la elección de la Cámara de los Representantes.
2)   Cámara Baja à Cámara de Representantes: Se eligen en función de la proporción de la población del distrito que sea y se eligen cada dos años. Como la elección es un sistema mayoritario, es un sistema bipartidista:
      Partido Republicano
      Partido Demócrata

PODER JURIDICCIONAL:

Hay tribunales propios de cada Estado local o miembro y, otros propios del Estado Federal. La cúspide se encuentra en la Corte Suprema Federal.

45. GOBIERNO PRESIDENCIALISTA:

La vigorización del Poder Ejecutivo es lo que más sobresale en este tipo de Gobierno. Aquí el Presidente desarrolla una actividad legislativa intensa, es un verdadero colegislador e incluso, en ciertas materias, tiene iniciativa exclusiva para presentar proyectos de Ley.

46. GOBIERNO SEMIPRESIDENCIAL O PARLAMENTARISMO RENOVADO (Francia):

Es un tipo de Gobierno que incorpora instituciones y mecanismo del sistema Presidencial y del sistema Parlamentario.

47. GOBIERNO DIRECTORIAL O DE ASAMBLEA (Suiza):

Este sistema se ve como una confusión entre la función legislativa y la función ejecutiva. El Parlamento nombra al Consejo Federal que ejerce el Poder Ejecutivo, este es un colectivo de 7 miembros que son designados por el Poder Legislativo y responden políticamente ante él. Los 7 miembros tienen las cuatro responsabilidades.
Estos cargos duran mientras dure la confianza del Parlamento y son tremendamente estables. La lucha que se da entre la oposición y el gobierno es tremendamente civilizada al interior de un Estado de Derecho.


Teoría de la Constitución.


48. CONSTITUCIÓN POLÍTICA:

Constitución viene del verbo latino Constitutio que significa fundamento, cimiento:

DEFINICIÓN:
Sentido Material: “Es el conjunto de normas y reglas obligatorias escritas o no escritas, codificadas o dispersas que forman y rigen la vida de un Estado”.
Sentido Formal: “Es el sistema de normas referidas a la estructura de Poder estatal en cuya elaboración y mantenimiento  se observan las formalidades que prescribe el constitucionalismo clásico”.

Los pensadores de fines del siglo XVII y XVIII van a poner una exigencia a la Constitución Política para que ésta pueda ser tal, ésta consiste en que se diferencie de una ley ordinaria, que sea superior.
Esta ley de leyes se va a llamar Ley fundamental, Carta fundamental o Constitución Política, por tanto del Ordenamiento Jurídico va a ocupar la primera jerarquía, va a ser el ángulo de la pirámide jurídica y todas las demás leyes deberán subordinarse a ella. Este es el primer pensamiento de los constitucionalistas clásicos.

PRINCIPIOS DEL CONSTITUCIONALISMO CLÁSICO:

1.   Supremacía constitucional.
2.   División de poderes o separación de funciones del Poder del Estado.
3.   Un catálogo expreso de los derechos fundamentales del hombre y de sus garantías constitucionales en la propia constitución.
4.   Titularidad del Poder constituyente radicado en la nación o en el Pueblo.

1. SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL:

La constitución es la Ley superior dentro del Ordenamiento Jurídico, es el reglamento del Pueblo y todas las leyes que se dicten deben subordinarse a ella.
Para su modificación se requiere de un trámite más complejo, riguroso y estricto que para modificar o derogar una ley ordinaria. Para asegurar este principio de supremacía constitucional la Constitución debe ser:
a)   Escrita: Pues si no lo es puede ser modificada o derogada.
b)   Rígida: Para evitar que sea modificada o derogada con la misma facilidad que una ley ordinaria, se exige un quórum más alta.
c)   Solemne: Una solemnidad es por ejemplo que el Presidente de la República jura o promete cumplir la Constitución Política del Estado y las leyes de la República y hacer cumplir a los ciudadanos esta misma. Este principio es controlado constitucionalmente.

CONTROL CONSTITUCIONAL.

Es el proceso de constatar el texto de una ley con el texto de la Constitución, para esto hay tres sistemas atendiendo al órgano que lo realiza:

1)   Control Político: Es un control a posteriori. Lo ejerce el órgano legislativo, la Cámara política, porque es aquí donde mejor está expresado el Poder político, aquí están los representantes del Pueblo y es éste quien tiene la titularidad.
Ventaja de este sistema: Es el propio Pueblo el que controla la constitucionalidad de las leyes, existe una gran legitimidad de las decisiones que se tomen.
Defecto de este sistema: Quien ejerce el control es juez y parte a la vez y como esto no puede ser, este sistema no se utiliza en casi ninguna parte del mundo.

2)   Control jurisdiccional o judicial: Dentro del Poder jurisdiccional o judicial, la capacidad de pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de las leyes se le entrega a la Corte Suprema de Justicia. Es un control de a posteriori y la inconstitucionalidad declarada es a caso particular, la norma sigue vigente en el Ordenamiento Jurídico. En Chile se llama recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de las leyes, la ventaja de este sistema es que es independiente del Poder Político, los que aquí se pronuncian son letrados especialistas de la hermenéutica legal o interpretación de las leyes. El defecto de este sistema es en los casos excepcionales, lo que los jueces deben pronunciar es la inconstitucionalidad de una norma por conflicto entre el Poder Ejecutivo y Poder Legislativo. Además, este sistema de control tiende a la politización.

3)   Control mixto: Es un invento de un austriaco llamado Hans Kelsen quien propone la creación de un Tribunal Constitucional se sale del marco del código orgánico de tribunales, en nuestra Constitución este Tribunal está creado en el Art. 81.
Ventaja de este sistema: El control aquí lo ejerce el Tribunal Constitucional y se llama control mixto porque su integración será a iguales partes tanto por el Poder Ejecutivo, Legislativo y Jurisdiccional. Esto en Chile no se cumple en su totalidad, el Tribunal Constitucional está integrado por 7 miembros designados de la siguiente manera: 3 Ministros de la Corte Suprema, elegidos por ésta en mayoría absoluta y en votaciones sucesivas y secretas. Un abogado designado por el Presidente de la República. Dos abogados elegidos por el Consejo de Seguridad Nacional. Un abogado elegido por el Senado, por mayoría absoluta de los Senadores en ejercicio.
Es un control preventivo o a priori, cuando la Ley se está tramitando en el Parlamento y es aprobada en definitiva, se envía al Tribunal Constitucional para que éste se pronuncie antes de ser promulgado y publicado en el Diario Oficial. El pronunciamiento del Tribunal es una sentencia de si esa norma es o no es constitucional.

1.   DIVISIÓN DE LOS PODERES DEL ESTADO:


Los principales expositores de esta doctrina fueron el inglés Locke y el francés Montesquieu:
Para LOCKE:  Dentro del Estado existen varios poderes distintos entre sí y atribuidos a órganos separados entre sí, pues la unión de poderes proporciona a su titular tal cantidad de poder que le permitiría actuar con arbitrariedad, mientras que su separación impediría que se actuara injustamente. Divide el Poder del Estado en:
      - Poder Ejecutivo
      - Poder Legislativo à dos ramas: administrativa y judicial.
      - Poder de Prerrogativa à decisión en casos de emergencia y excepciones
      - Poder Federativo à Facultado para declarar la guerra y hacer la paz

Para MONTESQUIEU: La libertad descansa principalmente en la división de poderes, atribuidos a órganos separados entre sí, pues la unión de poderes proporciona a su titular tal cantidad de poder que le permitiría actuar con arbitrariedad, mientras que su separación impediría que se actuara injustamente. Divide el Poder de Estado en:
      - Poder Ejecutivo
      - Poder Legislativo
      - Poder Judicial

CRITICAS AL PRINCIPIO DE DIVISIÓN DE PODERES DE ESTADO.

Lowenstein: La separación de poderes es como se expresa la necesidad de distribuir y controlar efectivamente el ejercicio del Poder Político.
Para Lowenstein lo que suele designarse como separación de poderes estatales, es en realidad la distribución  de determinadas funciones estatales a diferentes órganos del Estado.
Jellinek: Está en contra de lo dicho de Montesquieu, pues señala que el fundamento de la Constitución del Estado está constituido por el reconocimiento de éste como unidad, doctrina de la indivisibilidad del Poder del Estado. Con respecto a esto dice: “Cada órgano del Estado representa dentro de sus límites el papel de éste, por lo que es imposible hablar de una división de poderes. En la variedad de sus órganos no existe por tanto, sino un solo Poder del Estado”. Además señala que ninguna Constitución se aplica estrictamente a la doctrina de división de poderes y siempre existe, en definitiva, preeminencia de algún órgano.
Kelsen: No basta que haya separación de órganos para que la libertad esté garantizada. Coincide además parcialmente en la crítica de Jellinek en cuanto que “El Poder del Estado es único e indivisible” ya que expresa la validez de un orden jurídico.
Luis Izaga: Hace una de las críticas más severas en esta doctrina, nos dice que si todo Poder es por sí despótico, lo serán cada uno de los poderes en su esfera, en lo que son independientes, en vez de un déspota tendremos que soportar a tres.

Pero al margen de todas las consideraciones anteriores, la doctrina reconoce que tanto la división de poderes del Estado y la separación de sus funciones, junto con ser aconsejables desde el punto de vista de la distribución del trabajo, contribuye igualmente a alejar el peligro del abuso de Poder.

2.   CATÁLOGO EXPRESO DE DERECHOS FUNDAMENTALES Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES:

El ejercicio del Poder del estado sirve para proteger estos Derechos fundamentales del hombre y construir el bien común. Debemos distinguir Derechos Fundamentales de Garantías Constitucionales.

DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE:

Derechos: “Son las facultades morales e inviolables que competen al hombre para realizar ciertos actos”.
Derechos Fundamentales del hombre: Son los mencionados por John Locke en su libro 2do Tratado de Gobierno Civil: derecho a la vida, derecho a la libertad, derecho a la propiedad, a los que se suma el derecho a la igualdad como consecuencia de La Revolución Francesa de 1789; los cuales son irrenunciables, inalienables, previos a todo derecho positivo.

LOS DERECHOS SE DIVIDEN EN:

Clásicos: Los señalados por John Locke más el derecho a la igualdad.
Económicos sociales: Estos se van agregando al catálogo de las primeras constituciones con el neo constitucionalismo, en especial después de la Primera y Segunda Guerra Mundial; éstos son derecho al trabajo, derecho a la seguridad social, derecho a la educación, etc. Estos derechos necesitan de financiamiento.
En nuestra constitución los derechos del hombre están consagrados en el Art. 19.

GARANTÍAS CONSTITUCIONALES:

Son instituciones que tienden a proteger los derechos del hombre. La garantía más antigua históricamente y que, además, no estaba en constituciones escritas es el Abeas Corpus (Recurso de Amparo), éste lo puede interponer cualquier persona en cualquier instancia, momento, lugar o forma.
Las garantías constitucionales tienen la dificultad de estar repartidas en toda la Constitución, por lo que no es fácil de encontrarlas.

EJEMPLOS DE GARANTÍAS CONSTITUCIONALES:

No Procesales
      Inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia.
Procesales
      Juicio Legal
      Irretroactividad de la Ley Penal
      Ley Pro reo
      Libertad bajo fianza
      Inviolabilidad de la Defensa en Juicio

DE DONDE PROVIENEN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE:

Algunos autores piensan que provienen de los filósofos políticos del siglo XVIII, otros piensan que están inspirados en la Reforma Protestante de Lutero y Calvino, en consecuencia, el Cristianismo.
También autores españoles afirman que en las Cartas Fundamentales del reino de Castilla y León se reconocen los Derechos Fundamentales de los Burgos. Además hay antecedentes en la Carta Magna de 1215.

4. TITULARIDAD DEL PODER CONSTITUYENTE RADICADO EN EL PUEBLO Y LA NACIÓN:

Pueblo: Conjunto de hombres y mujeres titulares de Derechos y Obligaciones civiles y políticas (Cuerpo Electoral).
Nación: Toda la Población habitante de un Estado, en Chile, el titular del Poder Constituyente corresponde a la Nación (el Poder Constituyente en la Constitución Política de la República de 1980 se confunde con la soberanía) y lo ejerce el Pueblo a través de las elecciones y plebiscitos y las autoridades establecidas por la Constitución.
Poder Constituyente: Sirve para dictar la Constitución Política, constituye la sociedad política y jurídica. Aquí se distingue un Poder Constituyente Originario y otro Derivativo.
   Poder Constituyente Originario: Es el que dicta por primera vez la Constitución Política y crea asimismo el Poder Constituyente derivativo.
   Poder Constituyente Derivativo: Deriva del P.C. Originario y está en los artículos finales de la Constitución Política, es éste el que deroga o modifica una Constitución ya existente. El titular del Poder Constituyente Derivativo es el legislador: Diputados, Senadores y Presidente de la República como colegislador. Una vez creado el Poder Constituyente Derivativo, desaparece el Poder Constituyente Originario, pero permanece latente hasta que se produce un quiebre constitucional como por ejemplo: Golpe de Estado, Revolución, Pronunciamiento Militar, Cuartelazo, Putch (éstos son estados de excepción constitucional, son enfermedades del Estado).


49. NEOCONSTITUCIONALISMO:

Bajo este nombre se encuentran las tendencias doctrinarias que se manifiestan después de la I y la II Guerra Mundial.
Estas tendencias complementan y adecuan históricamente los principios del constitucionalismo clásico.
Los aportes de esta tendencia son:

1)   Vigorización del Poder Ejecutivo
2)   Incorporación de los derechos de contenido económico-social.
3)   Ampliación del Cuerpo Electoral.
4)   Reconocimiento legal de los Partidos Políticos.
5)   Coordinación de poderes.

1.   VIGORIZACIÓN DEL PODER EJECUTIVO:

Son varios los factores que provocan la preeminencia del órgano ejecutivo sobre el legislativo.
La complejidad de los problemas que plantea la sociedad contemporánea que requieren en la mayoría de los casos soluciones rápidas e inmediatas. Órganos como los congresos y parlamentos son idóneos para tales efectos.
También la fuerza del ejecutivo se da en la posibilidad de legislar por Decretos con fuerza de ley (en nuestro país); una participación activa en el proceso legislativo (iniciativa para presentar proyectos de ley), atribuciones para decretar estados de excepción constitucional, quedando premunido de facultades casi absolutas para restringir y suspender derechos, manejo de las relaciones internacionales, etc.

2.   INCORPORACIÓN DE DERECHOS DE CONTENIDO ECONÓMICO-SOCIAL:

La presión social y el auge de los partidos socialistas en el mundo contribuyeron en forma determinante a que en las diversas constituciones promulgadas en ese período se incorporaran los de contenido económico-social (derecho al trabajo, a la educación, derecho a la educación social y derecho a la propiedad con referencia a su “función social”).

3.   AMPLIACIÓN DEL CUERPO ELECTORAL:

Otorga a los ciudadanos la participación activa en el proceso político a través del sufragio, en la práctica ello tenía un carácter retórico o nominal, por cuanto los cuerpos electorales eran extremadamente restringidos. En efecto, los requisitos habilitantes, por razones de edad, sexo, instrucción y particularmente por capacidad económica, eran excesivos.
Las constituciones de este período tienden a la ampliación del espectro electoral y el sufragio pierde su carácter censitario prácticamente en todos los países del mundo.

4.   RECONOCIMIENTO LEGAL DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS:

Estas fuerzas políticas nacen y se expresan en un principio como una necesidad del sistema democrático representativo y al margen de todo reconocimiento constitucional o legal. La importancia que paulatinamente van adquiriendo y que los convierte en factores inherentes de la democracia, obliga a su reconocimiento en las leyes electorales.

5.   COORDINACIÓN DE PODERES:

El principio de separación de poderes, no obstante su validez en cuanto a constituir un factor de contención contra los abusos de poder, origina en la práctica problemas para el buen funcionamiento del régimen político.
Las nuevas tendencias constitucionales propician, más que una separación de poderes, una coordinación de los mismos. En tal sentido la mayoría de los países europeos adoptan el tipo de gobierno parlamentario, más acorde con ese propósito que el tipo presidencial.

50. CLASIFICACIÓN DE CONSTITUCIONES:

      Escritas
      No escritas (consuetudinarias)
      Rígidas: Son aquellas que presentan gran dificultad para su modificación o derogación, por Ej.: que exijan un quórum muy alto de votación. Pudiendo dentro de éstas haber normas pétreas, que son normas inmodificables y no derogables.
      Flexibles: La exigencia para su modificación o derogación es la misma requerida para la modificación o derogación de una ley ordinaria.
      Breves: Se limita a regular los aspectos esenciales de las instituciones que establece y encomienda a la ley ordinaria su reglamentación o complementación.
      Desarrolladas: pormenorizan materias propias de la ley ordinaria.

51. TIPOLOGÍA DE MANUEL GARCÍA-PELAYO:

Toma como referencia el distinto sentido metodológico con que se ha elaborado una constitución, la que, a su vez, es expresión de una posición filosófica en concordancia con una doctrina política.

a)   Concepto racional normativo: Concibe la constitución como un sistema de normas capaz de planificar la vida política. Sólo la razón puede poner orden. La constitución no sólo es la expresión del orden, es la creadora de ese orden. De esta suerte la realidad política está en la ley que la establece.

b)   Concepto histórico tradicional: La constitución es el resultado de una lenta transformación histórica. En cada comunidad concurren especiales circunstancias, no todas dependientes de la voluntad humana ni de la razón. Frente a la indigencia de la norma jurídica, ganan importancia los usos y prácticas políticas.

c)   Concepción sociológica: Postula que la constitución es el modo de ser de un pueblo con todo el complejo de sus riquezas, carácter, cultura, etc. Por consiguiente, no interesa tanto el orden descrito por los textos fundamentales como el orden vivido por cada pueblo.

52. TIPOLOGÍA DE KARL LOEWENSTEIN:

En su ordenamiento tipológico de las constituciones, otorga similar relevancia el factor eficacia. ¿Se cumple lo ordenado por la constitución? Al contestar esta interrogante, abre un espectro de posibilidades:

a)   Constituciones normativas: En este tipo de constitución existe una efectiva y real coincidencia entre lo que dice el texto escrito y el orden político-social (Europa, USA).

b)   Constituciones nominales: En este caso el grado de eficacia de la constitución es relativo. Puede ser jurídicamente válida, pero el proceso político no se adapta del todo a sus normas. El desajuste se origina por falta de desarrollo de la realidad político-social. Se daría en países subdesarrollados.

c)   Constituciones semánticas: La constitución es plenamente aplicada, pero no es más que una formulación del poder político existente, en beneficio exclusivo de los detentadores del mismo. No cumple su verdadero rol de ser un medio para contener el poder estatal. Si no existiera la constitución, el desarrollo fáctico del proceso del poder no sería notablemente diferente. Es un puro instrumento de camuflaje.
Loewenstein señala como “tipo ideal” la Constitución de Cuba proclamada por el dictador Fulgencio Batista en 1952, tras su golpe de Estado.