Thursday, May 13, 2010

EL ESTADO CHILENO Y LA COLONIZACIÓN ALEMANA DE LLANQUIHUE



En libro: Carl Anwandter. Desde Hamburgo a Corral. Diario de viaje a bordo del velero Herrmann. Editorial Pehuén – Universidad Austral de Chile. Colección Biblioteca Bicentenario. Santiago, 2001, p.p. 49 - 65.
EL ESTADO CHILENO Y LA COLONIZACIÓN ALEMANA DE LLANQUIHUE
Ricardo Molina Verdejo*
Con una perspectiva de siglo y medio desde que arribaran los primeros colonos alemanes al sur de Chile encabezados por Carlos Andwandter, este particular hecho tiene y ha tenido para Chile una especial significación. De manera relevante esto no sólo lo ha sido para ciudades tales como Valdivia, La Unión, Osorno, Llanquihue, Frutillar, Puerto Varas y Puerto Montt, sino que también para las localidades y sectores aledaños a los epicentros de colonización.
En efecto, a los noveles ojos de algún visitante baste solo apreciar las características del paisaje humano y urbano para advertir de manera elocuente la presencia de elementos de la cultura germana, las que sumadas y armonizadas en el tiempo con las culturas huilliche e hispano – criolla, han otorgado a la región de Los Lagos características únicas y muy propias1.
EL ARRIBO
Habida consideración de la ciudad de Valdivia y sus cercanías como el área inicial del proceso de asentamiento de los colonos alemanes a partir de 1850, el segundo lugar pensado para este mismo efecto fue la zona de Llanquihue. La idea habría sido planteada tempranamente a las autoridades chilenas, en febrero de 1844, por don Bernard Eunom Philippi, dentro del contexto de otro proyecto de colonización para el sector de Maullín 2. Está también la idea de que don Manuel Montt habría concebido dicha iniciativa en 1845, cuando aún era ministro 3. Con todo, más tarde la idea es asumida e impulsada por el agente de colonización don Vicente Pérez Rosales, quien llevará a la práctica esta importante tarea 4 siguiendo las instrucciones del ministro de Estado don Antonio Varas, las que en términos precisos estaban consignadas de la siguiente manera:
“Sin perjuicio de la elección de las colonias valdivianas de que se acaba de tratar, Ud. se dirigirá a las riberas del Llanquihue con los propósitos de reconocer y de preparar la colonia modelo de 200 familias que contratara en Alemania Bernardo Philippi. . 5.
* Docente – investigador del Instituto de Ciencias Sociales, Universidad Austral de Chile, Valdivia.
1 Molina V.,Ricardo (2000): La Historia Colonial de la Región y la Reforma Educacional . En 5º
Boletín del Museo y Archivo Histórico Municipal, Osorno. Páginas 71 – 81.
2 Blancpain, Jean Pierre (s.f.): Los Alemanes en Chile (1846 – 1945). Tesis Doctoral. Traducida por
Ives Javet. Volumen 1, pág. 266. También en Roque Esteban Scarpa (1973): Presencia visible e
invisible de Alemania en Chile. Goethe Institut, Santiago. Página 27.
3 Tampe S.J., Eduardo (1983): Desde Melipulli hasta Puerto Montt, trayectoria de ciento treinta años.
Volúmen 1, (Sin Editorial), Parte Primera, página 24.
4 Blancpain, Op.Cit., página 267.
5 Oficio de Ministro Varas a Vicente Pérez Rosales del 6 de diciembre de 1850. Artículo 5º del
Instructivo.


Agregadamente estas instrucciones expresaban que La apertura del camino Valdivia – Chiloé facilitará el establecimiento de los colonos y permitirá allanar de este modo las dificultades inherentes a la llegada”, haciendo notar lo importante de contar con esta vía para el desarrollo y buen éxito del proceso colonizador en esta zona. De hecho la base de esta ruta y el correspondiente trazado tenía su origen en el período colonial español y siempre había representado un necesario e indispensable factor que debía tenerse en cuenta a la hora de intentar poblar esta extensa y difícil área geográfica 6.
A efectos del arribo de los primeros grupos de colonos a Valdivia, los precios de la tierra experimentaron una fuerte alza, aspecto que desanimó severamente a los recién llegados. Esto hizo que Pérez Rosales tomara la decisión de dirigirse rápidamente hacia Osorno para luego continuar a la zona del Lago Llanquihue. Importante es destacar que el viaje lo realizó junto al ingeniero alemán avecindado en Valdivia, don Guillermo Frick, quien aportó sus conocimientos para realizar las mediciones y cálculos que se hicieron necesarios. Toda una aventura en donde pusieron en riesgo sus propias vidas, de hecho estuvieron a punto de naufragar en el lago en dos ocasiones, a bordo de improvisadas canoas intentando o explorar las cercanías 7. A pesar de esta poco grata experiencia, el lugar simplemente les impactó por su extraordinaria belleza y abundancia de recursos.
La magnífica impresión que les causó a los exploradores quedó consignado poéticamente por el propio Pérez Rosales, que en sus “Recuerdos del Pasado” expresa:
“...saliendo de repente del obscuro recinto de la selva, se presentó a nuestra vista, sin transición ninguna, el más espléndido panorama. Fue aquello como alzar un telón de teatro que transforma en el cielo una decoración de calabozo. Encontrábame como por encanto en la margen occidental del gran lago de Llanquihue que, semejante a un mar, ocultaba en las brumas del norte y del sur, el término de las limpias aguas que tranquilas entonces, parecía que retozaban a mis pies por entre las raíces de los robustos árboles que orlaban la playa donde nos detuvimos. La pura atmósfera del oriente hacía resaltar con el azul del cielo los más delicados perfiles de las últimas nieves que coronaban las alturas de Puyehue, de Osorno y de Calbuco...”8
Terminada la misión de reconocimiento que concluyó con una positiva opinión del sitio, se tomaron las decisiones pertinentes para trasladar a las desilusionadas familias que aun esperaban en Valdivia. Paralelamente, Pérez Rosales había instruido al capitán Buenaventura Martínez, comandante del navío de la Armada “Janequeo”, que recorriera la zona del Canal de Chacao y explorara el Seno de Reloncaví, con el fin de localizar un lugar de desembarco seguro para el arribo de los alemanes 9 .
6 Molina V., Ricardo (2000): El Camino Real entre Valdivia y Chiloé: su restablecimiento a fines del
siglo XVIII. En: Revista Austral de Ciencias Sociales Nº 4. Facultad de Filosofía y Humanidades,
Universidad Austral de Chile, Valdivia / Proyecto de Investigación DID/UACH S2000-39.
7 Franko, Ektor (Editor), (1935): La colonización de Valdivia y Llanquihue, por Vicente Pérez
Rosales. Extraído de “Recuerdos del Pasado”. Imprenta y Litografía Universo, Valparaíso. Capítulos
IX, X, XI, XII y XIII, páginas 58 a 84.
8 Ibidem, Capítulo X, páginas 58 y 59.
9 Ibidem, Capítulo XIII, página 81.



El 28 de noviembre de 1852, finalmente, los nuevos pobladores provenientes de Valdivia, eran desembarcados en Melipulli desde las embarcaciones de la Armada Nacional “Janequeo”, “Meteoro” e “Infatigable” 10. Poco después, el 12 de febrero de 1853 se inauguraba con solemnidad la nueva colonia de Llanquihue en la localidad que se denominó “Astillero de Melipulli”, dando vida lo que a partir de 1861 pasaría a llamarse Villa de Puerto Montt 11. Según el parte oficial redactado por Pérez Rosales, que realzó con dedicación lo vivido por todos los allí presentes en la oportunidad 12 , se llevó a efecto una ceremonia compuesta por varios actos en medio de unas dos mil personas que llegaron incluso desde Chiloé. El párroco de Ancud bendijo el inicio de las obras de la primera iglesia, los colonos entonaron un himno de agradecimiento al Altísimo en tanto el “Janequeo” disparaba uno de sus cañones como saludo a la fundación.
Más allá de estos detalles de corte anecdótico aunque tremendamente simbólicos, la población comenzó a asentarse dando forma a la colonia y a Puerto Montt como cabecera de la misma. Hacia 1860, la villa alcanzaba a las 150 casas totalizando unos 600 habitantes y, en 1870, ya contaba con 135 familias alemanas con residencia definitiva. Por su parte, en 1861, en el área comprendida entre Osorno y Puerto Montt habían 1.1570 germanos. Asimismo, hacia el año 1864 únicamente en el territorio de Llanquihue vivían 262 familias implicando unos 1.500 colonos 13 . De esta forma, en consecuencia, se erguía lo que en las disposiciones legales del Estado Chileno se conoció como Territorio de Colonización 14, estatus especial sujeto a una serie de normas regulatorias que los recién llegados debían conocer y acatar.
Las distintas agrupaciones familiares se fueron instalando en los alrededores del área conforme a criterios de afinidad y origen. Así en el paraje denominado por ellos mismos como “Am weg” (a orillas del camino) se asentó la “Schwaben Kolonie” (Colonia de Suevos), compuesta por las familias Binder, Berner, Einhardt, Mühlbaier, Wilhelm, Schumauk y otras más.
En el sector denominado “El Desagüe” se avecindaron las familias Wehle, Linke, Held, Junge y Werner. Por su parte, en un punto de nombre “La Fábrica”, se establecieron    las    familias    Büttner,    Von    Bishoffshausen,    Gebauer,    Nettig    y
10 Tampe, Eduardo (1977): La colonización del sur y la personalidad de Vicente Pérez Rosales (1807
– 1886). En: Llanquihue: 1852 – 1977. Aspectos de una colonización. Liga Chileno Alemana,
Santiago. Página 23 a 30. / Véase además a: Diego Aranda et al. (1920)La colonia alemana en Chile,
página 53. Allí se menciona que arriban a Melipulli desde Valdivia 212 personas.
11  Tampe S.J., Eduardo (1983). Op.Cit. Primera Parte, página 27. También en Varela A., Carmen y
Ricardo Molina (1997): “Puerto Montt”. Serie Ciudades Intermedias. Geoespacios Nº 13. Universidad
de La Serena e Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH). La Serena. (97 pp.), pág. 7.
12 Según Blancpain la relación de Pérez Rosales que consta en sus “Recuerdos...”, “es menos
grandiosa... si ha de creerse el testimonio de los inmigrados”.
13 Blancpain, Jean Pierre (1985): Los Alemanes en Chile (1816 – 1945). Ediciones Pedagógicas
Chilenas, Santiago. Páginas 91 – 92.
14 El Decreto fechado en Santiago, el 27 de junio de 1853 con las firmas del Presidente Montt y el
Ministro Varas, asigna dicha categor
ía. En: Boletín de las Leyes (1861), Imprenta Nacional, Santiago.
Capítulo X Colonización – Civilización de Indíjenas. Título I: Colonización. Págs. 215 – 216.


Schmincke.    Otro sector denominado “El Totoral” caracterizado por ser pantanoso y plagado de totoras, se localizaron las familias Dietrich, Liewald, Michael y Müller.
Provenientes de Osorno para ubicarse en Puerto Octay llegaron, entre otras, las familias Briede, Decker, Hess, Klagges, Wulf, Martin, Schimidt y Schöbitz 15 .
Paulatinamente, entonces, los sectores contiguos al Lago Llanquihue e incluyendo la franja de penetración desde Melipulli fueron cambiando de manera radical el paisaje humano, natural y cultural del sector, otorgándole un sello distintivo que permanecería en el tiempo.
LAS DISPOSICIONES DEL ESTADO CHILENO
Una de las preocupaciones claves de las autoridades de la época, era alcanzar la consolidación de la soberanía nacional a través de un efectivo logro de la continuidad del territorio. En este marco, una de las políticas relacionadas tuvo que ver con la ocupación de espacios por medio de inmigrantes nacionales y/o extranjeros. Frente a este fundamental desafío de Estado, durante el mandato del Presidente Manuel Bulnes el Congreso Nacional aprobó la “Ley de Colonización”, la que firmada por el mandatario y su Ministro de Justicia don Manuel Montt en noviembre de 1845, daba el marco de referencia central a tener en cuenta en la idea de incorporar nuevos pobladores a zonas de baja densidad. En su artículo primero el texto legal establecía:
“1º. Se autoriza al Presidente de la República para que en seis mil cuadras de los terrenos baldíos que hay en el Estado, pueda establecer Colonias de naturales i extranjeros que vengan al país con ánimo de avecindarse en él i ejerzan alguna industria útil; les asigne el número de cuadras que requiere el establecimiento de cada uno i las circunstancias que lo acompañen: para que les auxilie con los útiles, semillas i demás efectos necesarios para cultivar la tierra i mantenerse el primer año, i últimamente para que dicte cuantas providencias le parezcan conducentes a la prosperidad de la Colonia”16
Los siguientes tres artículos hacían mención a las cantidades de tierra y criterios de distribución y asignación intrafamiliar, los mecanismos de financiamiento para transporte de los colonos y sus enseres, y las exenciones de varios impuestos y gravámenes por un lapso de dos décadas. Interesante es conocer explícitamente, no obstante, el artículo 5º del cuerpo legal:
“Todos los colonos, por el hecho de avecindarse en las Colonias, son chilenos, i lo declararán así ante la autoridad que señale el Gobierno al tiempo de tomar posesión de los terrenos que se le concedan” 17.
15  Aranda, D., Llarena J.M., y Tenajo, R. (1920): La colonia alemana en Chile. (sin editorial),
Santiago. P
áginas 54 y 55.
16  Ley promulgada el 18 de noviembre de 1845 por el presidente Bulnes, luego de aprobada en el
Congreso.
17  Texto de la ley del 18 de noviembre de 1845, publicada en: El Boletín de las Leyes (1861), Libro I,
Imprenta Nacional, Santiago. Páginas 214 y 215.


Cinco años después, en enero de 1851, una nueva ley autorizaba al Presidente de la República para que por gestión directa pudiera disponer de las tierras baldías que fuesen necesarias para el expreso objetivo de establecer colonias ello, naturalmente, bajo el amparo e inspiración de la ley de 1845 18 . Con esta medida aprobada por el Congreso se pretendía agilizar las decisiones del Estado a través del Ejecutivo en estas materias, otorgando al Presidente facultades para su decisión directa.
Hacia mediados de 1853, un importante cuerpo legal al que ya hemos referido es aprobado y seguidamente promulgado. Teniendo a la vista los diversos informes y solicitudes del Agente de Colonización, se decidió otorgar al área de Llanquihue la categoría de “Territorio de Colonización”. El propósito de la medida era brindar todas las condiciones para el desarrollo inmediato y futuro del poblamiento colonizador en esta zona. Los argumentos para esta iniciativa se fundaban en tres aspectos claves; el primero decía relación con las dificultades político – administrativas que se presentaban a partir de que el sector de colonización del Llanquihue estaba sujeto bajo el alero de dos provincias, la parte norte a Valdivia y la sección sur dependiente de Chiloé. Además, no había entera claridad respecto del trazado de la línea divisoria jurisdiccional entre ambas provincias. Una segunda consideración era la voluntad de brindar al área de colonización un cierto grado de autonomía en el sentido de crear un dispositivo de administración acorde a su propia realidad. En efecto, en el tercer pilar argumental se sostenía el interés por crear y designar una autoridad independiente de cualquier otra provincia. Así entonces y sobre la base de las facultades legales del Ejecutivo, el Presidente de ese momento, don Manuel Montt, decretaba lo que siguiente:
“Art. 1º Se erije en territorio de Colonización, gobernado con dependencia directa del Presidente de la República, el de la laguna de Llanquihue.
Art. 2º Los límites de ese territorio, serán: al Este, la cordillera de los Andes; al Norte, el río de las Damas en todo su curso hasta una legua de la ciudad de Osorno; al Poniente, una línea recta que partiendo desde el punto del río de las Damas, que acaba de mencionarse, remate en la confluencia del río Rahue con el Negro, i siga el curso de este río hasta una distancia de siete leguas de la laguna de Llanquihue, desde cuyo punto seguirá conservando la misma distancia de la parte occidental de esta laguna hasta tocar el Seno de Reloncaví, enfrente de la isla de maylen; i al Sur, una línea que partiendo de la Boca del Este o astillero de Reloncaví corra recta hasta la cordillera de los Andes. Quedarán comprendidas en este territorio las islas de Tenglo i Maylen.
Finalizaba el decreto con un tercer artículo en el que se establecía que el territorio sería gobernado por una nueva autoridad con el título de Intendente de Colonización, el que funcionaría bajo los mismos preceptos generales de las intendencias provinciales. 19
18   Ley del 9 de enero de 1851. Sobre los resultados de la gestión sobre el particular, el Presidente de
la República debía dar cuenta anualmente ante el Congreso. En: Boletín de las Leyes (1861), Imprenta
Nacional, Santiago. Libro I, Capítulo X: Colonización – Civilización de Indíjenas. Título I,
Colonización. Página 215.
19   Decreto del 27 de junio de 1853. En: Ibidem, páginas 215 y 216.


Siempre en el contexto de las disposiciones gubernamentales en procura de la instalación y apoyo de los colonos, junto con la decisión tomada en los términos del decreto precedente, otro de la misma fecha establecía la categoría de “Cabecera de la Colonia” al Puerto de Melipullí (Puerto Montt) aludiendo a las apropiadas condiciones del lugar para el efecto. En los respectivos considerandos se hacía ver las ventajas que el puerto ofrecía en función del acceso al mar en cuanto a comunicación de los pobladores, también se ponía en relevancia el impulso que se le daría a la explotación forestal de la zona y, en general, a las excepcionales condiciones que el sitio mostraba para fundar allí una población estable. Tomando en cuenta estas observaciones, el decreto en su artículo inicial explicitaba la fundación de la nueva villa expresando:
“Art. 1º . Fúndase una población en el lugar denominado Astillero de Melipulli. Esta población será la Cabecera del territorio de colonización de Llanquihue”.
Sentando las bases para lo que sería la ciudad, el Artículo 3º instruía al Agente de Colonización para efectos de la instalación de los organismos públicos básicos para el adecuado desenvolvimiento ciudadano, estos eran la iglesia, casa de gobierno, el edificio del cabildo, una escuela, oficinas de hacienda, un hospital, el cuartel y la cárcel.20 En este particular sentido, una serie de disposiciones de implementación fueron paulatinamente allanando la realización de estas obras y sus respectivas puestas en marcha, siendo las más inmediatas el nombramiento de un capellán 21 y el consiguiente levantamiento del templo. De manera simultánea se establecían las instrucciones para la construcción de la casa habitación del jefe del territorio y oficinas públicas anexas, la cárcel y la escuela.22 En este último caso, sin embargo, recién hacia 1858 se dispuso la creación de una escuela temporal de la colonia la que garantizaba educación gratuita tanto a niños y niñas. 23 En el mes de agosto del mismo año, el gobierno establecía el cargo de escribano público disponiendo su jurisdicción el todo el territorio de la colonización de Llanquihue. 24 Adicionalmente y al mismo tiempo con el fin de regular y estimular la actividad comercial, se ordenaba establecimiento “de una administración de especies de estancadas  en el puerto de Melipullí, teniendo sus límites de ejercicio los mismos
de la colonia.25
Interesante resulta advertir las facilidades legales que se dieron para efectos de posibilitar de manera expedita el arribo de barcos con inmigrantes a bordo. A partir del mensaje presidencial del 4 de julio de 1853, el Congreso Nacional aprobaba el proyecto de ley que precisamente planteaba las facilidades aludidas. En él se eximían del pago de derechos por anclaje y tonelada a todo navío que llegase al puerto  con  nuevos  grupos  de  colonos.  Más  aun,  se  disponía  que  todo  buque  que
20 Decreto del 20 de junio de 1853: Puerto de Melipullí – Cabecera de la Colonia. Ibidem, pág. 216
21 Decreto del 28 de junio de 1853. Créase el cargo de capellán en el puerto de Melipullí. Ibidem,
página 216.
22 Decreto del 28 de junio de 1853. Ordena la construcciones específicas expresadas. Ibidem, página.
216.
23 Decreto del 20 de abril de 1858. Ibidem, página 216.
24 Decreto del 5 de agosto de 1858. Ibidem, página 216.
25 Decreto del 7 de agosto de 1858. Ibidem, página 216.



introdujese un número igual o superior a 60 inmigrantes, quedaba exento del pago de los derechos mencionados en cualquier puerto del país a que arribara. Otro incentivo para los armadores lo constituía la posibilidad cierta de cargar mercaderías “de maderas  o  frutos  del  país     y  llevarlas  dentro  o  fuera  del  país  sin  restricción
alguna.26
Estas disposiciones especiales fueron aplicadas por un término de diez años a partir de la respectiva promulgación de la ley, hecho que se verificó el 25 de octubre de 1853.
Otro de las funciones administrativas con que debía contarse decía relación con la acción de los tribunales de justicia. Inicialmente y aplicando una simple lógica, todos los asuntos de esta naturaleza y que tuvieran que ver con la Colonia continuaron dependiendo del Juzgado de Letras de Chiloé, decisión que tuvo a la vista un Informe de la Corte Suprema, la inexistencia de nombramiento de juez alguno y la natural dependencia que hasta ese entonces había tenido el territorio de Llanquihue. 27 Con todo y de acuerdo a la realidad que iba imponiendo las circunstancias, meses después se decidió por parte de las autoridades nombrar para la jurisdicción del territorio a dos jueces de primera instancia por el lapso de dos años renovables a los mismos u a otros a propuesta del Intendente. 28
Desde la perspectiva del gobierno había claridad de que la adaptación de los nuevos pobladores no sería nada de fácil, a pesar de la buena voluntad demostrada por los primeros grupos llegados a Valdivia a la cabeza de Carlos Anwandter. Las conocidas palabras del líder de los alemanes valdivianos habían dado testimonio de la mejor disposición cuando expresaba “Seremos chilenos honrados y laboriosos como el que más lo fuere (...)” 29 . Con todo, debía haber por parte del Estado chileno una política clara destinada a arraigar dentro de cada colono el necesario sentimiento nacional. En efecto, una de las primeras medidas que apuntaba en esa dirección tuvo que ver con la posibilidad de que los inmigrantes pudieran acceder a su naturalización, alternativa que se planteaba con un carácter voluntario. Sobre el particular, el Ejecutivo tomando como antecedente la “Ley de Inmigración” de 1845 decretó una disposición de tres artículos en donde en el primero de ellos expresaba:
“Art. 1º. Los estranjeros que se establecieren como colonos en Chile i que desearen naturalizarse, manifestarán su designio ante la municipalidad del departamento en que residen”. Específicamente se indicaba el procedimiento que los colonos de la zona de Llanquihue debían realizar: “harán esta manifestación ante una comisión compuesta del Intendente i de los dos alcaldes” 30
Quienes así lo decidían debían esperar meses y tal vez años para recibir la esperada “carta de naturaleza”, documento que de alguna manera daba un paso hacia la futura y definitiva obtención de nacionalidad al reconocerle formalmente la calidad de avecindado en Chile.
26 Ley del 6 de octubre de 1853. Melipullí – Buques que llegan a él con emigrados. Ibidem, pág. 217.
27 Resolución del Gobierno del 6 de agosto de 1855. Distrito judicial de Llanquihue. Ibidem, pág. 217.
28 Decreto del 5 de mayo de 1856. Territorio de Llanquihue – Jueces de primera instancia. Ibid. p. 217.
29 Franko, Ektor (1935). Op.Cit. Capítulo III, página 34.
30 Decreto del 18 de julio de 1856. Naturalización de los colonos en Chile. En: Boletín de las Leyes
(1861): Op. Cit. Página 218.


Desde luego que otra medida para generar arraigamiento y sentido de pertenencia a la patria adoptada, y tal vez de mayor fuerza y contundencia, era el otorgamiento de títulos de propiedad respecto de las tierras asignadas. Tratándose de una materia extraordinariamente sensible y relevante tanto para los colonos como para las propias autoridades, las disposiciones contenidas en el decreto del 3 de agosto de 1858 acerca del tema fueron muy explícitas y minuciosas. Más allá de delegar en la persona del Intendente la facultad de entregar los respectivos títulos de propiedad y recoger las normas que la “Ley de Inmigración” 31 ya había establecido en 1845 para efectos de la asignación y distribución de las hijuelas, pueden observase los requerimientos que el Estado exigía para conceder el ansiado documento. Por ejemplo, se señalaba expresamente que el título solo sería entregado a aquellos colonos que tuviesen una casa instalada de manera regular y con al menos dos cuadras de terreno cultivado dentro de un espacio cercado. A reglón seguido se establecía que para lograr dicha condición disponían de un plazo máximo de tres años contados a partir de la fecha del decreto. También se reglaba el lapso de tiempo en el que el interesado debía solicitar la hijuela en derecho, siendo en este caso de ocho meses a partir de la resolución gubernativa, de lo contrario el colono simplemente perdía toda posibilidad de ser propietario. 32
Dentro del conjunto de las disposiciones del decreto en comento, llama la atención el artículo que regula la forma de pago de quienes serán los nuevos propietarios. En este sentido se señalaba que la propiedad de la respectiva hijuela estaba condicionada a la obligación de cada colono de abonar al Esta do un peso por cada cuadra pagando por quintas partes, pudiendo realizar el primer abono dos años después de haberse establecido en su tierra.33 En otras palabras, la idea era otorgar todas las facilidades posibles a quienes habían escogido como su segundo país a este alejado lugar al sur del mundo, al menos así lo reflejaba la ley tanto en su letra como en su espíritu.
En la misma dirección que las disposiciones recién comentadas y con un sentido complementario a las mismas, el presidente Montt firmaba el 28 de agosto de 1858 un decreto que le daba vida al Reglamento de la Colonia de Llanquihue, que en lo fundamental venía a precisar los derechos y deberes de los nuevos habitantes incorporados en la zona. De hecho reiteraba varios de los puntos señalados en los decretos y leyes anteriores, pero siendo más exhaustivo en las explicaciones que aquellos. Particularmente clarificador resulta su análisis al advertir otras franquicias que el Estado chileno proporcionaba a quienes se avecindaban en Llanquihue. A modo de ejemplo se eximía durante 15 años a partir de la fecha, del pago de algunos tributos tales como el impuesto territorial, el de alcabala en relación a la compra de otras propiedades distintas a la hijuela inicial y la contribución aplicadas a las patentes. Entre otras concesiones varias, el Reglamento ofrecía algunas ayudas económicas en términos de aportes directos. Así, en los incisos 7º y 8º del artículo primero, se planteaba una ayuda diaria para fines de mantención familiar de treinta centavos por el padre y doce centavos más por cada hijo mayor de diez años, ello,
31  Sobre este particular, el Artículo 2º de la Ley del 18 de noviembre de 1845 disponía que se
concederían 25 cuadras cuadradas a cada padre de familia y 12 cuadras a cada hijo o hija mayor de
diez años.
32  Decreto del 3 de agosto de 1858. Colonia de Llanquihue – Títulos de propiedad de las hijuelas. En:
Boletín de las Leyes (1861). Libro I, Capítulo X Colonización – Civilización de Indíjenas. Título I,
Colonización. Página 218.
33  Ibidem, página 218.


desde el momento del desembarque hasta el instante en que se les entregaba la correspondiente hijuela. 34 Una vez ocurrido esto último, al núcleo familiar favorecido se le otorgaba una pensión de 15 pesos mensuales por el lapso de un año con la posibilidad que dicho monto pudiese aumentar en conformidad al número de hijos o alguna circunstancia especial que así lo ameritara. 35 De interés resulta observar alguna ayuda equivalente en dinero pero aportada en especies. Al respecto el inciso 11º del mismo artículo primero expresaba que una vez que el grupo familiar se hubiese establecido en la hijuela asignada, se le concederían “semillas hasta por un valor de cinco pesos, una yunta de bueyes, una vaca parida, quinientas tablas i un quintal de clavos, avaluado todo a los precios corrientes”. 36 Con todo, en el artículo 2º quedaba claramente establecido que estas ayudas se realizaban solo en calidad de préstamo y que su devolución debía hacerse efectiva tres años después de entregada la respectiva hijuela a través de cinco cuotas anuales equivalentes. 37
Admitiendo que entre las disposiciones ordenadas por el gobierno y la realidad que experimentaban los colonos siempre hubo una distancia, a pesar de ello los nuevos habitantes de Llanquihue recibieron de hecho ayudas efectivas. Se estima que en el lapso 1852 a 1875 la ayuda oficial alcanzó a unos 152.000 pesos según informes oficiales. 38 En otras palabras, la voluntad política, administrativa y legislativa desplegada por las autoridades en procura de llevar adelante la colonización en la zona vista como un asunto de Estado, podía comprobarse con toda claridad en los hechos a la luz de los distintos recursos que recibieron los inmigrantes.
Dado lo cuantioso de las ayudas destinadas al desafío colonizador en el área de Llanquihue, fue absolutamente indispensable instalar los organismos reguladores representantes de la administración central con el propósito de fiscalizar de manera apropiada el uso de los recursos. Por este motivo, el Reglamento de la Colonia en su artículo 13 determinaba la creación de una tesorería que se haría cargo de los libros de cuentas, propiedades y registro de haberes y deberes de los colonos.39 Se añadía en los artículos siguientes las funciones de control de aduanas que debía ejercer el tesorero para efectos del despacho y recibo de buques en el puerto de Melipullí. Complementariamente se creaba también el cargo de maestro de víveres o guarda – almacenes dependiente de la tesorería que debía “velar por la conservación de los edificios, herramientas, víveres i demás especies que pertenezcan a la Colonia” 40, cautelando la correcta distribución y oportuna entrega a los colonos de los elementos requeridos dentro de un marco de estricto registro y control de inventario.
34 Reglamento de la Colonia de Llanquihue, puesto en vigencia el 28 de agosto de 1858. En: Boletín
de las Leyes (1861). Op Cit., página 219.
35 Ibidem, incisos 7 y 8 del Artículo 1º del Reglamento. Página 219.
36 Ibidem, inciso 11 del Artículo 1º del Reglamento. Página 219
37 Ibidem, Artículo 2º del Reglamento, página 219.
38 Actas del Congreso Nacional de 1877. Cámara de Senadores. Sesiones del 19 de octubre y 2 de
noviembre del año indicado. También en sesión del 30 de agosto de 1892. Además Informe del
Ministerio de Relaciones exteriores del 20 de junio de 1883. Tomado de: Blancpain, Jean – Pierre
(1985). Los Alemanes en Chile: 1816 – 1945. Ediciones Pedagógicas Chilenas. Santiago. Página 97.
39 Reglamento de la Colonia de Llanquihue, Artículos 13 y 14 (incisos 1º , 2º y 3º). En: Boletín de las
Leyes (1861). Op. Cit. Página 220.
40 Ibidem, Artículo 16, página 220.


Otro aspecto que incorporaba vivamente el Reglamento en análisis, era el tema de la salud pública, ciertamente un punto que no podía estar ausente de las preocupaciones del gobierno nacional en un contexto de asistencias y ayudas a los colonos. El artículo 21 del documento expresaba:
“Se proporcionará gratuitamente asistencia de médico i medicinas a los Colonos i demás habitantes del territorio que por su pobreza no puedan satisfacer este gasto” 41
El artículo inmediatamente siguiente sentenciaba:
“El médico deberá asistir sin cobrar retribución alguna a los enfermos pobres en su misma casa, i esta prescripción será obligatoria aun en el caso que el paciente resida fuera de la población”. Una responsabilidad adicional del facultativo era mantener una suerte de farmacia y los respectivos medicamentos. Además, tenía la obligación legal de informar periódicamente a la intendencia respecto de su gestión profesional en términos de atenciones brindadas. 42
Por último, como una preocupación más del Estado por estar activamente presente en el proceso colonizador, este cuerpo legal reglamentario finalizaba expresando la decisión de disponer de dos ingenieros para efectos de apoyar toda iniciativa pertinente a sus especialidades 43, particularmente necesarios en una zona en donde la naturaleza planteaba día a día constantes desafíos, especialmente en materia de obras públicas tales como puentes y caminos.
REFLEXION FINAL.
A la luz de la mayor parte de los antecedentes disponibles y dentro del contexto de la historia de Chile del siglo XIX, pocas dudas caben acerca de la relevancia que el Estado le asignó a la inmigración selectiva de extranjeros al sur del país. Si se examinan los acontecimientos ocurridos durante los gobiernos de los presidentes Manuel Bulnes (1841 – 1851) y Manuel Montt (1851 – 1861), fácilmente se advertirá que ambos tuvieron que desenvolverse en medio de más que difíciles circunstancias. Esta calificación puede constatarse en el momento de tránsito entre un mandato y otro, al desatarse una cruenta crisis interna a partir de la pugna entre el modelo político conservador con sello portaliano y las manifestaciones de los grupos liberales deseosos de mayores espacios de participación. No obstante estos complejos sucesos que continuarían latentes en el ambiente político y social de Chile durante los años siguientes hasta finalmente desembocar en cambios importantes, la idea de ocupar espacios baldíos para el buen desarrollo de los mismos y del país, continuó adelante. Claramente y a pesar de los distintos criterios de enfoque, se trató de una política de Estado cuyos efectos hoy están no solo en la memoria colectiva y en la historia oficial del país, sino que además, en el tejido mismo de la composición cultural y social del sur de Chile.
41 Ibidem. Artículo 21. Página 221.
42 Ibidem. Artículo 22. Página 22 1.
43 Ibidem. Artículos 23 y 24. Página 221.